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Red Aldaba
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Acerca de nosotros"Debemos convertirnos en el cambio que buscamos en el mundo" GANDHI Razones de ser, y sentir de nuestra RED
La Asociación se inscribe en la corriente de esfuerzos por la globalización de la solidaridad. Estos esfuerzos, que pueden ser tildados de “quijotescos” desde la otra cara de la globalización, la de la globalización financiera, con una connotación de “inútil romántica locura”, son en cambio cruciales para la profundización de la democracia y los derechos humanos, En este sentido, la Asociación siente como suyas las palabras introductorias de la Edición Conmemorativa del IV Centenario de D. José María Barreda, transcendiendo más allá de todo tipo de ideología política, y convirtiéndolas en ideario universal, para gentes solidarias de todo tipo de ideología, credo, sexo o color… dichas palabras, dicen lo siguiente: "La Mancha, es ancha y existe. La que conoció Cervantes, y esta Castilla la Mancha que es una región de España, es un lugar de Europa, lejos del mar pero muy cerca del firmamento. Esta es una tierra de locos, con frecuencia perfectamente cuerdos y una locura de tierra. Una tierra que entre todos estamos convirtiendo en un sueño posible. Una tierra que dejándose llevar, desde el paisaje propio, se ha olvidado de mojones y de vallas para convertirse en patria universal de los soñadores del mundo que creen en la justicia." Tenemos fe en lo porvenir, en lo por llegar. Porque no depende de un milagro, ni de nadie ajeno y distinto a nosotros mismos. Depende de nuestro ingenio. Porque hoy más que nunca, porque ahora el saber, el conocimiento, está en la base de las posibilidades de progreso de los pueblos. En el siglo XXI, más que en ninguna otra ocasión, la materia prima más importante de la que puede disponer un pueblo, para su desarrollo, es su materia gris, la inteligencia de sus hombres y sus mujeres, la educación y la formación de los jóvenes, y del conjunto de la sociedad. Esa es nuestra gran respuesta estratégica: relacionar la "i" de ingenioso, con el desarrollo sostenible, la "i", de ingenio, con las "ies", de investigación, de la innovación, de la inteligencia, de la industria aplicada, de la inspiración, y de la imaginación creativa. La conquista del futuro, está en relación con el desarrollo del conocimiento. Pero no olvidemos, que aunque pueda sonar idealista, nuestra tierra, también es la patria chica de Sancho, y es que en nuestra tierra, tenemos mucho sentido común y sencillez, que le lleva a ser juez ecuánime, y gobernador inteligente, que poco a poco se va llenando del espíritu de Don Quijote, que le obliga a ser aventurero y apasionado, a recorrer grandes distancias, para proteger a los débiles, y deshacer entuertos, olvidando la mezquindad para conseguir un mundo mejor". PRÓLOGO DE LA EDICIÓN CONMEMORATIVA DEL IV CENTENARIO DEL QUIJOTE, POR D. JOSÉ MARÍA BARR Es éste el espíritu “quijotesco” en el que el caballero, muy distinto del guerrero orgulloso, no agotaba sus obligaciones con la defensa armada de su fe y de su territorio para el bienestar de toda la comunidad, sino que para él, su prioridad absoluta era prestar atención a los sectores más degradados y oprimidos de la sociedad, sin importarle su origen, raza, sexo o religión, y ese es el espíritu que la RED ALDABA quiere promover en los pueblos de nuestra región y “exportar” a otros pueblos para su propio desarrollo. La Asociación reconoce que su nacimiento ocurre en la nueva realidad generada por el modo como se ha globalizado la economía, que ha modificado radicalmente los hábitos tradicionales de las culturas autóctonas y la sociedad en todos los rincones del mundo al iniciarse el siglo XXI. Y si la Asociación bebe su inspiración de los esfuerzos por la globalización de la solidaridad, no se sitúa de espaldas o ciega a la globalización del mercado. Es en estas condiciones y frente a ese poder de la uniformidad y pérdida de identidad, que planteamos nuestro quehacer en pro de la inserción laboral y social de los colectivos en riesgo de exclusión. Ante la producción y comercialización masiva, surge la valoración creciente -y por consiguiente la creciente demanda- de productos, objetos y valores cuyos rasgos esenciales se definen por la singularidad de su identidad, raíces, tradición. La Asociación es particularmente sensible y favorable a que esta singularidad sea puesta en valor mediante un rescate de la tradición, reinterpretada –como no puede ser de otro modo- para hacerla comprensible y aprovechable hoy, para su revalorización. A esa renovación contribuirán los nuevos artistas y las culturas de otros pueblos, incluso allende los mares, promocionando a los artistas, artesanas y artesanos que dan a luz a sus obras desde la miseria creciente de los países del sur y de los nuestros, fortaleciendo el compartir conocimientos, experiencias y nuevas técnicas. Es así como en este mundo globalizado, la Red Aldaba surge como un auténtico Quijote, al proponerse generar acciones conjuntas e integradas no sólo en nuestra región castellano manchega, sino en España, en cualquier parte del mundo, a través de Asociaciones y Cooperaciones Activas en todo tipo de proyectos que favorezcan el desarrollo sostenible y no discriminatorio, la inclusión en equidad y la igualdad de oportunidades. En la inteligencia de que si bien damos la bienvenida al derrumbe de fronteras que implica la globalización, a la vez es necesario preservar las riquezas que la aportan aquellas diferencias culturales de cada origen local, con la sola condición de articularlas en la dinámica de la construcción de una sociedad más justa, con un reparto más equitativo de las riquezas de una forma sostenible y que preserve nuestro patrimonio medioambiental, protegiendo a nuestros compañeros de camino de la Biosfera, los animales y las plantas de este planeta., pues al igual que el Indio Seatle, no creemos que ningún ser humano sea dueño de nada de este planeta, sino simplemente un arrendatario que vela por el mismo, y su conservación para las futuras generaciones de seres vivos de este planeta, por desgracia, hoy tan degradado y que necesita más que nunca de idealistas que se propongan cambiar el curso de los acontecimientos. Para lograr ese objetivo de un mundo mejor más justo y habitable, nuestra Asociación comparte las aspiraciones fundamentales de los pueblos de la madre tierra y se propone sumar esfuerzos a los de las organizaciones de la sociedad civil y entidades públicas en orden al cumplimiento de las ocho metas que 191 jefes de Estado acordaron en la llamada "Declaración del Milenio”[2]: 1) Erradicar la pobreza extrema y el hambre, 2) Lograr la educación primaria universal, 3) Promover la igualdad de género y la autonomía de la mujer, 4) Reducir la mortalidad en la infancia. 5) Mejorar la salud materna, 6) Combatir el VIH/sida, la malaria y otras enfermedades, 7) Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente, 8) Fomentar una asociación mundial para el desarrollo. A través de acciones vinculadas con sus fines, nuestra Asociación buscará: - Servir de cauce y espacio de transnacionalidad para proyectos de investigación, formación, diseño y desarrollo de productos agrarios y artesanos, artísticos, culturales y medioambientales de las distintas comunidades como elementos para su desarrollo - Impulsar la formación, perfeccionamiento y actualización profesional de los cooperantes en colaboración con instituciones académicas y otros organismos, públicos o privados - Apoyar las acciones de Cooperación al Desarrollo y Ayuda Humanitaria, bien en su divulgación o de forma activa, dentro de las posibilidades de la Asociación. - Promover en la sociedad española los valores cívicos de la solidaridad con los habitantes de los países desfavorecidos, el fomento de la equidad de género, de la igualdad de oportunidades y de la tolerancia, el respeto a las diferencias raciales y culturales, los Derechos Humanos y Laborales, internacionalmente reconocidos por la OIT, así como la sensibilización para lograr cambios que hagan más justas y equitativas las relaciones económicas, sociales, políticas y culturales entre los pueblos y sus naciones. CAPITULO I: DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y ÁMBITO ARTÍCULO 1 Con la denominación de Red Aldaba – Asociación de Desarrollo Local, Turismo, Cultura, Patrimonio, Artesanía y Medio Ambiente, se constituye esta ASOCIACIÓN de conformidad con el art. 22 de la Constitución Española y al amparo de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, y normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro. ARTÍCULO 2 Esta Asociación se constituye por tiempo indefinido. ARTÍCULO 3 La Asociación establece su domicilio social en la Calle 12 de octubre s/n, ( Esquina Nicaragua/Bajo-local) de Puertollano (Ciudad Real) – ESPAÑA. La Asociación podrá cambiar su domicilio social por decisión de su Junta Directiva, refrendada por la Asamblea General. ARTÍCULO 4 La Asociación tiene ámbito nacional, estableciendo convenios con otras naciones para proyectos de cooperación y desarrollo, así como con las diversas Comunidades Autónomas del Reino de España y diferentes municipalidades, etc.
CAPÍTULO II: SÍMBOLOS DE LA ASOCIACIÓN ARTÍCULO 5 La Asociación tendrá como emblema el siguiente:
La Asociación podrá cambiar sus símbolos por decisión de su Junta Directiva, refrendada por la Asamblea General.
CAPITULO III: SENTIDO, FINES, INSPIRACIÓN, Y ACTIVIDADES ARTÍCULO 6 La RED ALDABA - Asociación de Desarrollo Local, Turismo, Cultura, Patrimonio, Artesanía y Medio Ambiente, tiene como razón de ser o sentido promover un Desarrollo Local Sostenible , en los lugares donde desarrolle sus actuaciones. ARTICULO 7 Para lograr este Desarrollo sostenible, prestaremos mayor atención a las mujeres, a la juventud y a las personas integrantes de los colectivos en riesgo de exclusión social, para el enriquecimiento de sus vidas, mediante la participación de dichos colectivos en acciones que contribuyan a los siguientes objetivos: Área de Cooperación y Desarrollo Local - la conservación, recuperación y consolidación que genera la puesta en valor de los valores Culturales y el Entorno Medio Ambiental, para el desarrollo humano en todos los aspectos de las diferentes comunidades. - Impulsar el turismo integral y el aprovechamiento de Nuevos Yacimientos de Empleo - la cooperación al desarrollo, favoreciendo el intercambio de experiencias relacionadas con las acciones anteriormente señaladas y especialmente las alianzas en apuestas de formación y capacitación de equipos formadores que puedan promover en sus respectivos países proyectos de desarrollo sostenible basados en el turismo eco-cultural, - Nuevas técnicas agrónomas, forestales, promoción de productos y destinos, de una forma equitativa, así como todo aquello que nuestro ingenio sea capaz de imaginar para crear posibilidades de futuro más justo y con menos carencias para todas y todos. Área de Discapacidad e integración social - Fomentar la integración y normalización de colectivos en riesgo de exclusión social, y en especial de las personas con discapacidad. Para ello se potenciaran la accesibilidad universal y los derechos humanos inherentes en toda persona
- Para trabajar con los colectivos en riesgo de exclusión, tanto en España, como en terceros países, se crearán diferentes grupos de trabajo dentro de la organización. Área de Juventud
- En el caso concreto del Área de Juventud, RED ALDABA, constituirá una Sección Juvenil, con miembros comprendidos entre los 14 y 30 años, cuyo fin será el de realizar diferentes actividades orientadas a los jóvenes, siempre y cuando no estén en contra de los Estatutos de nuestra Asociación.
Dicha Asociación Juvenil, estará constituida por socios de edad inferior a 30 años, que dispondrán de Estatutos y Regimen interno propios, en donde se defina su carácter y estructura, funcionamiento, fines y principios, organización, afiliación y régimen económico. Esta Sección Júvenil dependerá directamente de la Asociación y estará bajo la supervisión de la Junta Directiva, la cual deberá aprobar los Estatutos de dicha Seccion Juvenil Área de Voluntariado - Para llevar a cabo toda esta labor, Red Aldaba, considera fundamental el trabajo del Voluntariado, tanto en nuestro país como a nivel Internacional. Consideramos que el mayor recurso y tesoro de nuestra ONG, son precisamente las personas que lo conforman, de esta forma, las campañas de sensibilización al Voluntariado y su formación, y las alianzas con otras ONG, en esta materia, serán pieza fundamental de nuestro trabajo. ARTÍCULO 8 Para el cumplimiento de sus fines, la Asociación realizará las siguientes actividades: a) Apoyo a colectivos en riesgo de exclusión social, tanto nacionales como internacionales b) Promoción de productos y servicios locales y del comercio justo de productos de poblaciones en desventaja internacional c) Defensa de los intereses de sus asociados d) Apoyo técnico a líderes sociales culturales y medioambientales e) Estudio y creación de nuevos espacios culturales f) Edición y publicación de material gráfico y audiovisual así como otros medios vinculados a las nuevas tecnologías, portal de Internet, etc., para la promoción comercial y turística de los productos y servicios de la Red g) Creación de Paquetes Turísticos de Calidad y Guías de Comarcas h) Organización de eventos y actividades de promoción, culturales y artísticas y de ocio de forma propia, o en colaboración con otras entidades públicas o privadas i) Organización y desarrollo de diversas actividades formativas y campañas para la sensibilización del Voluntariado j) Organización de acciones que involucren a la población local y visitantes, realizando acciones de Educación Ambiental, conocimientos diversos, valoración y sensibilización sobre el entorno k) Realización de Proyectos innovadores de carácter Experimental y piloto, rutas inter-activas, diseño, promoción formación y desarrollo de productos artesanos etc. l) Fomento de creación de empleo, cultura empresarial, relación y cooperación de las pequeñas empresas, españolas y de otros países, para objetivos comunes de Desarrollo m) Creación y puesta en marcha de un sistema de practicas en empresas n) Gestión y asesoramiento de proyectos vinculados a nuestros fines o) Participación como entidad asociada o colaboradora de otras Redes con entidades públicas y privadas, Asociaciones, Cooperativas, Federaciones o colectivos diversos vinculados a los objetivos de esta Asociación p) Formulación, Propuesta y Realización de cualquier otra actividad que ayude a contribuir con los fines de esta Asociación. ARTÍCULO 9 La Asociación llevará a cabo acciones a niveles local, regional, nacional e internacional para llevar a cabo las actividades antes descritas. Las mismas se desarrollarán en el ámbito del Estado Español, de acuerdo con los Planes Generales y Directrices del Estado y cada Comunidad Autónoma, incidiendo especialmente en las áreas temáticas de Formación, Empleo, Turismo, Patrimonio, Cultura, Juventud, Mujer, Medio Ambiente, Cooperación, Nuevos Artistas y Artesanos. Encuadrándose en las siguientes 9 líneas prioritarias: 1. Fomento, desarrollo y promoción del Turismo Rural 2. Cooperación con otros países y regiones del mundo para la puesta en marcha de proyectos y programas de desarrollo local o comunitario sostenible 3. Formación profesional y continua de los profesionales, tanto de los promotores como los trabajadores de los diferentes sectores, encuadrados en los objetivos de la Asociación. 4. Creación y desarrollo de material pedagógico y metodologías formativas innovadoras , que generen nuevos yacimientos de empleo, sirviendo de observatorio permanente de las nuevas iniciativas locales 5. Promoción de artistas y diferentes eventos y convocatorias culturales que sirvan para el hermanamiento de las diferentes culturas y lugares 6. Patrimonio Histórico, Artístico, Etnográfico y Cultural
- Educación Patrimonial, que inculque el respeto por el legado cultural propio - Investigar y documentar el Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural - Investigar y documentar el Patrimonio Etnográfico - Establecer acciones para la recuperación de Caminos Históricos integrando los Oficios, Patrimonio y el Medio Ambiente y para el funcionamiento de nuevas rutas como la innovadora “Ruta de Don Quijote: mil kilómetros, para mil ideas”. - Conservación, mantenimiento y recuperación del Patrimonio Histórico-Artístico y Cultural, - Participar en proyectos relativos a ciudades Patrimonio, 7. Medio Ambiente - Cooperación en actividades que contribuyan a la conservación del medio Ambiente, con una atención especial a las áreas rurales, como las de la RED NATURA 2000 y la RED ROCINANTE, y a los espacios geográficos en que sea decisiva la presencia y permanencia de las comunidades tradicionales y las comunidades indígenas. - Educación Medio Ambiental, como herramienta de conocimiento y respeto del medio natural y humano - Participación en, y colaboración con, redes internacionales de protección del medio ambiente, en especial para la Implantación de la Agenda Local 21 en los pueblos y ciudades de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, formando a sus vecinos para vivir en un mundo solidario y en el que primen las prácticas de un Desarrollo Sostenible. 8. Oficios - Conservación de los Oficios Artísticos y las Artes Decorativas, en especial de las vinculadas al Patrimonio y a los oficios tradicionales existentes en el medio rural y en las comunidades tradicionales y las comunidades indígenas - Asistencia Técnica a las Pymes de los sectores relacionados a los Oficios, - Creación de plataformas innovadoras y foros de encuentro entre creadores, diseñadores, artistas y maestros artesanos, - Participación y Colaboración en proyectos e iniciativas en el ámbito de los oficios, diseño y desarrollo de productos y servicios innovadores y formación profesional de los mismos, pudiendo servir de interlocutor y representante en foros internacionales relacionados con los objetivos de esta Asociación. 9. Participación y Desarrollo de Proyectos en escuelas primarias y secundarias En especial en el ámbito rural, que aproximen a las generaciones de escolares, con extensión a la población adulta, los Oficios, la Cultura, el Patrimonio, y el cuidado y valoración del Medio Ambiente. Siendo eje transversal de estas lineas prioritarias, la integración y normalización de colectivos en riesgo de exclusión social, y en especial de las personas con discapacidad ARTÍCULO 10 Dichas acciones se llevarán a cabo mediante la participación en la Red Aldaba de personas físicas, y personas jurídicas, de los sectores privados y públicos, Federaciones y Fundaciones, Cámaras de Comercio, Cooperativas y pequeños productores que adquieran la categoría de socios de la Red.
CAPITULO IV: PERSONAS E INSTITUCIONES ASOCIADAS ARTÍCULO 11 Podrá pertenecer a la Asociación toda persona con capacidad de obrar, que tenga interés en el desarrollo de los fines de la Asociación y pueda demostrar el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Ser mayor de edad b) Haber participado en alguna actividad de la Asociación c) Haber satisfecho la cuota de ingreso y las anualidades que establezca la Asociación d) Haber solicitado la inscripción en la Asociación, mediante escrito al Presidente, según el formato y los trámites que se establezcan en el reglamento de Régimen Interno, con una expresa aceptación de estos Estatutos ARTÍCULO 12 Podrá pertenecer a la Asociación, como socio institucional, toda organización legalmente constituida que tenga interés en el desarrollo de los fines de la Asociación y pueda demostrar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) No tener en sus Estatutos fines, talante o inspiración opuestos a los de la Asociación b) Estar en disposición de participar en alguna actividad de la Asociación c) Haber firmado previamente un protocolo de colaboración con la Asociación ARTÍCULO 13 Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socias y socios: a) Fundacionales: aquellas personas que participen en el acto de constitución de la Asociación b) De número: aquellas personas que ingresen con posterioridad a la constitución de la Asociación c) Institucionales: las organizaciones d) De honor: personas físicas o jurídicas que en razón de meritos propios la Asociación les haga acreedores de tal distinción Los tres primeros tipos de socias y socios tendrán derecho a voz y un voto en cada votación de la Asamblea General. Habrá una cuota personal y otra institucional, fijadas la primera vez por los las personas fundadoras y en sucesivas ocasiones por la Asamblea General. La cuota dará derecho a unos y otros tipos de integrantes de la Asociación a la promoción a través del Portal, Publicaciones, Guía de Turismo, Ferias y Exposiciones, etc. La condición de honor exonera del pago de cuotas, y da derecho a voz, pero no a voto. Podrán beneficiarse de las promociones que la Junta Directiva considere factible incluirles. Se establece también la figura de socio-benefactor, para aquellas personas que quieran colaborar con su dinero, en algunas de las actividades o programas de nuestra ONGD, estos socios tendrán derecho a voz, pero no a voto, en las Asambleas. ARTÍCULO 14 Se adquirirá la condición de socia o socio y correlativamente gozará sus derechos y asumirá sus obligaciones, desde la admisión por la Junta Directiva, con cargo a que sea ratificado su ingreso en la Asamblea General. En el caso de que la Junta Directiva denegase el ingreso, se podría recurrir a la Junta General. La ratificación de admisión se consigue con el 2/3 de los votos a favor en la reunión de la Asamblea general. En el caso de no alcanzar los 2/3, la admisión efectuada por la Junta Directiva quedaría sin efecto, procediendo la devolución de las cuotas aportadas por el socio o socia. ARTÍCULO 15 La condición de asociada o asociado se pierde por alguna de las causas siguientes: a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva b) Por incumplimiento de las obligaciones económicas, si dejare de satisfacer durante más de un año las cuotas periódicas establecidas, o de otros Acuerdos vinculantes de la Asamblea c) Por conducta incorrecta que sea causa de pérdida de prestigio de la Asociación, o por perturbar las buenas relaciones entre sus integrantes u otras facetas de la buena marcha de la Asociación ARTÍCULO 16 Son derechos de todas las socias y socios: a) Participar con voz y voto en las Asambleasb) Elegir y ser elegidos para los cargos de Órganos de Gobierno y de representación de la Asociación en otras entidades, federaciones y confederaciones donde esta pueda participar. c) Recibir información periódica sobre los acuerdos adoptados por la Junta Directiva y la Asamblea General. d) Plantear sugerencias y propuestas a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación. e) Participar en todas las actividades, proyectos y promociones que organice la Asociación, siempre y cuando se garantice la calidad de producto o servicio y siempre bajo la supervisión de los órganos de gobierno o comisiones que se designen para el desarrollo de proyectos f) Disfrutar de todos los demás beneficios y ventajas que suponga el ser integrante de la Asociación g) En caso de que la Junta Directiva plantee medidas disciplinarias contra una socia o socio, esta persona tiene derecho a recibir, previamente a la adopción de tales medidas, información de los hechos por los que se plantea dichas medidas y argumentos que pongan de manifiesto el carácter proporcionado de la sanción que se le plantea aplicar. ARTÍCULO 17 Socios y socias tendrán los siguientes deberes: a) Cumplir los Estatutos y Acuerdos de Orden Interno de las Asambleas y de la Junta Directiva b) Contribuir con su comportamiento al buen nombre y prestigio de la Asociación c) Asistir a las Asambleas Generales y demás actos organizados que los incluyan, así como atender la información sobre las actuaciones de la Asociación d) Abonar las cuotas acordadas, tanto las Ordinarias como las Extraordinarias. CAPITULO V: ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN, GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DE LA ASOCIACIÓN
ARTÍCULO 18 Los órganos directivos y de administración de la Asociación son: - la Asamblea o Junta General, máxima autoridad de la Asociación, y - la Junta Directiva u órgano de representación, encargada de gestionar el funcionamiento de la Asociación, de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. ARTÍCULO 19 El órgano supremo de gobierno de la Asociación será la Asamblea General, integrada por la totalidad de socias y socios. Para la adopción de acuerdos –salvo los de reforma de los Estatutos y otros que se especifican más adelante y que requerirán mayoría de 2/3- bastará el voto favorable de la mitad más uno mayoría de las personas presentes o representadas en la reunión de la Asamblea, pudiendo ser representado el voto de una persona por otra cuando la primera no pueda participar y le delegue su derecho por escrito y documento firmado. Las instituciones podrán, del mismo modo, designar por escrito a la persona integrante que representará su voto en cada Asamblea General.
ARTÍCULO 20 Las reuniones de la Asamblea General pueden ser Ordinarias o Extraordinarias. Las Ordinarias se celebrarán a razón de una por año, dentro de los cuatro meses posteriores al cierre de ejercicio y las Extraordinarias se celebrarán cuando lo solicite la Presidencia o por petición de la mayoría de la Junta Directiva o de un número de socias y socios que supere la mayor de estas cantidades: la décima parte del padrón de la Asociación o el doble de la suma de integrantes de la Junta Directiva. ARTÍCULO 21 Las convocatorias a Asamblea General serán efectuadas con 15 días de anticipación como mínimo, por escrito, indicando día, hora, lugar y Orden del día de los temas a tratar. Se hará constar igualmente la fecha y hora de una eventual segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a una hora. ARTÍCULO 22 La Asamblea General tanto Ordinaria como Extraordinaria estará válidamente constituida en primera convocatoria cuando estén presentes al menos un tercio de asociados. En segunda convocatoria será valida cualquiera que sea el número de asistentes.
ARTÍCULO 23 Los acuerdos, tanto en Asamblea General como Extraordinaria se tomarán cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos en blanco ni las abstenciones, y tendrán validez desde la fecha de su adopción, con la lectura del acta y obligando desde ese momento a todos los socios y socias tanto presentes como ausentes. Sin embargo, para acuerdo respecto a la Modificación de Estatutos, aprobación de Reglamentos o normas, integración en otras Federaciones o entidades, adquisición de bienes inmuebles, expulsión de cargos de la Junta Directiva, disolución de la Asociación, se precisará mayoría cualificada que resultará cuando los votos afirmativos superen los 2/3 de los votos descontados los votos en blanco, los nulos y las abstenciones. ARTÍCULO 24 Son competencias de la Asamblea General Ordinaria las siguientes: a) Aprobar o censurar la Gestión de la Junta Directiva b) Examinar y aprobación/desaprobación del Estado de Cuentas c) Fijar las cuotas, tanto las ordinarias como las extraordinarias d) Cualquier otra competencia atribuida por Ley o estipulada en estos Estatutos ARTÍCULO 25 Son competencias de la Asamblea General Extraordinaria las siguientes: a) Elegir y revocar los cargos de la Junta Directiva b) Disolver la Asociación c) Modificar los Estatutos d) Ratificar la admisión y la expulsión de socias y socios, a propuesta de la Junta Directiva e) Cualquier otra competencia atribuida por Ley ARTÍCULO 26 Las Asambleas Generales Ordinarias y las Extraordinarias convocadas por la persona titular de la Presidencia de la Junta Directiva y serán presididas por dicha persona o, en su ausencia, por la Vicepresidencia, actuando como Secretaría de la Asamblea quien tenga dicho cargo en la Junta Directiva y en su defecto cualquier otro miembro designado por la propia Junta. Las Asambleas Extraordinarias convocadas por petición de la mayoría de la Junta Directiva o de un número cualificado de socias y socios serán presididas por una persona elegida por mayoría entre las presentes al inicio de dicha Asamblea y la Secretaría la ejercerá también una persona igualmente elegida. Podrán ser invitadas a tomar parte en las deliberaciones, como asesoras cualificadas, pero sin voto, personas especialistas en asuntos que figuren en el Orden del Día. De todas las reuniones de la Asamblea General se levantará Acta y se comunicará toda decisión y acuerdo adoptado por escrito a la totalidad de socias y socios. ARTÍCULO 27 La Junta Directiva se compondrá de las siguientes funciones o cargos: a) Presidencia b) Vicepresidencia c) Secretaría d) Tesorería e) Y el número de Vocalías que la Asamblea crea oportuno Todos los cargos de la Junta serán elegidos mediante sufragio, libre, directo y por escrito de la Asamblea de Socios. Todos los cargos que componen la Junta Directiva serán ad honorem, no remunerados, y su mandato tendrá una duración de 5 años, pudiendo ser reelegibles. Su elección y revocación se realizará en Asamblea General Extraordinaria. Para proteger la igualdad de oportunidades y fomentar la equidad de género, los cargos de Presidencia y Vicepresidencia habrán de ser ocupados por personas de distinto sexo. Y a partir de la siguiente Asamblea General Extraordinaria, el número de mujeres con cargo en la Junta Directiva no podrá ser inferior al número de varones. Para ser miembro de la Junta Directiva serán requisitos indispensables estar en pleno uso de los derechos civiles y no incurrir en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente. Los cargos de la Junta Directiva podrán renunciarse voluntariamente mediante comunicación por escrito a la Junta Directiva, y podrán ser dados de baja por incumplimiento de las obligaciones que tuvieran encomendadas o por expiración del mandato. Quienes integran la Junta Directiva se reunirán cuantas veces lo determine su Presidente o a iniciativa de la mitad de sus integrantes. Quedará constituida cuando asista la mitad más uno de quienes la integran y para que sus acuerdos sean validos deberán ser tomados por mayoría de votos. En caso de empate, el voto del Presidente será de calidad. Podrán ser invitadas a tomar parte en las deliberaciones, como asesoras cualificadas, pero sin voto, personas especialistas en asuntos que figuren en el Orden del Día. De todas las reuniones de la Junta Directiva se levantará Acta y se comunicará por escrito a la totalidad de socias y socios toda decisión y acuerdo adoptado. Debido a que la Junta Directiva, está formada por miembros de diferentes Autonomías españolas y nacionalidades, se establece que las reuniones, se podrán realizar por medios informáticos (mesenger) con las normas y pautas que sean recogidas en el Régimen Interno de la Asociación. El medio de comunicar a los socios, todas las decisiones, será el grupo de intranet de la Red Aldaba, donde estará accesible para todos la información y estado de la Asociación en todo momento. Esto cumplirá con nuestro deseo de transparencia y feedback, con los socios de nuestra Red. Para comunicarnos, con aquellos organismos o colaboradores con los que suscribamos convenios y con otras ong o personas que sean afines a nosotros y nuestro trabajo, utilizaremos nuestro grupo de yahoo, Red Aldaba. ARTÍCULO 28 La Junta Directiva tendrá las siguientes competencias: - Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la asociación, acordando y realizando los oportunos contratos y pactos - Ejecutar los encargos de la Asamblea General - Formular y someter a la aprobación de la Asamblea General los Balances y las Cuentas Anuales - Resolver sobre la admisión de nuevas personas e instituciones asociadas - Nombrar delegaciones para alguna determinada actividad de la Asociación - Cualquier otra facultad que no sea la exclusiva competencia de la Asamblea General - Custodiar y tener accesible a socias y socios la documentación de la Asociación. Toda la documentación de la Asociación debe estar en el Local de la Junta Directiva, que la pondrá a disposición de cualquier socia o socio que lo solicite. Si la Junta autoriza a alguien para llevarse documentación a casa, ha de ser en copia, quedando el original en un archivo en el local. ARTÍCULO 29 Son atribuciones de la Presidencia las siguientes: - Representar legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos públicos o privado - Ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia - Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesaria o conveniente, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva - Convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva, así como dirigir las deliberaciones de una y otra, con excepción de las Asambleas Generales Extraordinarias que no sean convocadas por la Presidencia. ARTÍCULO 30 La Vicepresidencia apoyará a la Presidencia y la sustituirá en su ausencia. En los casos de sustitución de la Presidencia tendrá las mismas atribuciones que ella. ARTÍCULO 31 La Secretaría tendrá las siguientes atribuciones: - Llevar los libros de la asociación legalmente establecidos y el fichero de socias y socios - Custodiar y mantener ordenada toda otra documentación relevante de la Asociación, haciendo que se cursen a los Registros correspondientes las comunicaciones sobre designación de Juntas Directivas y demás acuerdos sociales inscribibles - Presentar las cuentas anuales y dar cuenta del cumplimiento de las obligaciones documentales en los términos que legalmente correspondan - Dirigir todo otro trabajo puramente administrativo de la Asociación - Expedir certificaciones a socias y socios de la Asociación, así como a otras personas o entidades participantes en actividades organizadas por la Asociación ARTÍCULO 32 La Tesorería recaudará y custodiará los fondos pertenecientes a la Asociación y dará cumplimiento a las órdenes de pago que expida la Presidencia. ARTÍCULO 33 Las Vocalías apoyarán las funciones de los cargos anteriormente indicados de la Junta Directiva de la que forman parte, y se encargarán de las tareas que la Junta les encomiende en las delegaciones o comisiones de trabajo que se vea conveniente establecer. ARTÍCULO 34 Las vacantes de los cargos de la Junta Directiva que se pudieran producir antes del término del mandato correspondiente serán cubiertas provisionalmente entre los miembros restantes hasta la elección del reemplazo por la Asamblea General Extraordinaria.
ARTÍCULO 35 Las personas titulares de los cargos de la Junta Directiva y las demás personas que obren en nombre y representación de la Asociación, responderán ante la Junta Directiva y ante las socias y socios, así como ante terceros que resultaren afectados, por los daños causados y las deudas contraídas por actos dolosos, culposos o negligentes. Así mismo responderán civil y administrativamente por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de sus funciones, y por los acuerdos que hubiesen votado de los que se deriven daños a terceros, a la Asociación y/o alguna de las personas o instituciones asociadas. Cuando la responsabilidad no pueda ser imputada a ninguna persona titular de algún cargo en la Junta Directiva, responderán solidariamente todas las personas integrantes de la misma por los actos y omisiones a que se refiere el párrafo anterior, a menos que puedan acreditar que no han participado en su aprobación y ejecución o que expresamente se opusieran a ellas. La responsabilidad penal se regirá por lo establecido en las leyes penales. ARTÍCULO 36 En la realización de las actividades necesarias para el cumplimiento de sus fines la Asociación deberá atenerse a la legislación específica que regule tales actividades. ARTÍCULO 37 Los beneficios obtenidos por la Asociación, derivados del ejercicio de actividades económicas, incluidas las prestaciones de servicios, deberán destinarse, exclusivamente, al cumplimiento de sus fines, sin que quepa en ningún caso su reparto entre las instituciones o personas socias ni entre sus cónyuges o personas que convivan con análoga relación de afectividad, ni entre sus parientes, ni su cesión gratuita a personas físicas o jurídicas con interés lucrativo. CAPÍTULO VI: PATRIMONIO FUNDACIONAL Y RECURSOS ECONÓMICOS ARTÍCULO 38 Los recursos económicos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la Asociación son los siguientes: a) La cuota fundacional aportada por las personas fundadoras b) La cuota de ingreso de las personas y las instituciones socias, que será abonada de una sola vez c) Las cuotas ordinarias y extraordinarias de las personas y las instituciones socias d) Las subvenciones y ayudas de las Administraciones Públicas que le pudieran ser concedidas para el desarrollo de sus fines y objetivos e) Las ayudas y donaciones privadas o públicas f) Las ventas de sus bienes g) Los ingresos procedentes de la venta de publicaciones u otro tipo de material sin desvirtuar en ningún caso el carácter no lucrativo de la Asociación h) Los ingresos procedentes de contratos por entidades públicas y privadas para la realización de Proyectos y actividades relacionadas con los objetivos de esta Asociación i) Cualquier otro recurso lícito que permita la financiación de la Asociación ARTÍCULO 39 La cuota fundacional es de 50 € (CINCUENTA EUROS Y 00/100), que cada persona fundadora entrega como cuota de ingreso en la Asociación. La cuota de ingreso de nuevas personas como socias será fijada por Asamblea General. Las cuotas anuales ordinarias, así como las extraordinarias serán las que fije la Asamblea General, a propuesta de la Tesorería. La cuota de ingreso de instituciones como socias no podrá ser inferior al doble de la cuota de ingreso establecida para personas.
CAPÍTULO VII: MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Y DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN ARTÍCULO 40 La Asociación podrá modificar sus Estatutos, si así lo decide y aprueba la Asamblea de todos los socios de Red Aldaba, para su aprobación se requerirá el voto a favor del 75 % de sus socios. La Asociación puede disolverse por decisión voluntaria de sus integrantes expresada en Asamblea General Extraordinaria convocada a tal efecto, así como por las causas determinadas en el Art. 39 del Código Civil y por sentencia judicial firme. En todos los supuestos de disolución deberá darse al patrimonio el destino previsto en los Estatutos. ARTÍCULO 41 La disolución de la asociación abre el periodo de liquidación, hasta el fin del cual la entidad conservará entidad jurídica propia. Los miembros de la Junta Directiva en el momento de la disolución se convierten en liquidadores, salvo que se establezca otra cosa en la Asamblea General Extraordinaria celebrada a este fin o por parte del juez que, en su caso, acuerde la disolución. Corresponde a los liquidadores: - Velar por la integridad del patrimonio de la asociación - Concluir las operaciones pendientes y efectuar las nuevas que sean precisas para la liquidación - Cobrar los créditos de la Asociación - Liquidar el patrimonio y pagar a los acreedores - Aplicar los bienes sobrantes de la asociación a los fines previstos por los Estatutos - Solicitar la cancelación de los asientos en el Registro. En el caso de insolvencia de la Asociación, los liquidadores han de promover inmediatamente el oportuno procedimiento concursal ante el juez competente. ARTÍCULO 42 En el caso de la disolución de la Asociación, el patrimonio de la misma será aplicado a fines que no desvirtúen su naturaleza no lucrativa.
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