En el apartado dedicado a armamento se lleva a cabo una relación del tipo y funcionario que lo ha de portar:
El armamento será obligatorio, como el uso del uniforme, para todos los funcionarios de las Secciones técnica y auxiliar, y potestativo para los de la Sección facultativa.
Los Inspectores y Directores usarán espadin; los Subdirectores, Administradores, Ayudantes y Jefes de prisión preventiva, espada, y los vigilantes, sable. Llevarán, además, todos revólver.
Los médicos y maestros, cuando vistan el uniforme usarán espadín.
Seguidamente describe las armas:
Espadín
y Espada.- Empuñadura toda de metal, en forma de cruz, cincelada
y dorada. La concha llevará en relieve los emblemas del Cuerpo de Prisiones.
Vaina de cuero negro, guía y contera de metal dorado.
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Podemos observar que para las armas del Cuerpo de Prisiones, fabricadas en Toledo, se usaron las de la Guardia Civil, ya que tanto las espadas como los espadines tienen en su pomo, por el envés el escudo de dicho cuerpo. Lo único que se fabricó para el Cuerpo de Penales fueron las conchas. |
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Será tolerado el uso de las pistolas automáticas de repetición de los calibres 6,35; 7,65 y 9 milímetros, y para ellas regirán las fundas de los colores descritos.
El revólver o la pistola se llevará con un cordón de pelo de cabra negro, que se sujetará al cuello con un pasador del mismo material y al arma por medio de un mosquetón dorado. El largo del cordón será suficiente para que permita manejarse cómodamente.
El revolver reglamentario
era el Smith & Wesson reformado, fabricado por la casa Orbea Hermanos
de Eibar al que dieron el nombre de número 7
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