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¡ NO AL ARTICULO 52 !
CRIPTOGRAFÍA LIBRE, CRIPTOGRAFÍA SEGURA
La Ley General de Telecomunicaciones,
aprobada el 8 de abril de 1998, amenaza a la privacidad de Internet,
garantizada por la criptografía. Su artículo 52, vago e impreciso, y
por eso mismo, peligroso, podría permitir la creación de una ley que
obligue al almacenamiento centralizado de claves.
El artículo 52 de esta ley dice así:
"Artículo 52.Cifrado en las redes y servicios de
telecomunicaciones
Cualquier tipo de información que
se transmita por redes de telecomunicaciones, podrá ser protegida
mediante procedimientos de cifrado. Podrán establecerse condiciones
para los procedimientos de cifrado en las normas de desarrollo de
esta Ley.
El cifrado es un instrumento de
seguridad de la información. Entre sus condiciones de uso, cuando
se utilice para proteger la confidencialidad de la información, se
podrá imponer la obligación de notificar bien a un órgano de la
Administración General del Estado o a un organismo público, los
algoritmos o cualquier procedimiento de cifrado utilizado, a efectos
de su control de acuerdo con la normativa vigente. Esta obligación
afectará a los fabricantes que incorporen el cifrado en sus equipos
o aparatos, a los operadores que lo incluyan en las redes o dentro
de los servicios que ofrezcan y, en su caso, a los usuarios que lo
empleen.
Los operadores de redes o servicios
de telecomunicaciones que utilicen cualquier procedimiento de
cifrado deberán facilitar a la Administración General del Estado,
sin coste alguno para ésta y a efectos de la oportuna inspección,
los aparatos descodificadores que empleen, en los términos que se
establezcan reglamentariamente."
Por un lado, en el apartado 1 se nos
garantiza el uso de la criptografía. Pero en el apartado 2 se habla
de la posibilidad de obligar a entregar a la Administración "los
algoritmos o cualquier procedimiento de cifrado utilizado". Por
supuesto, no nos importa la entrega de los algoritmos. Cualquier
algoritmo criptográfico de calidad precisamente es público. Pero la
expresión "cualquier procedimiento" es ambigua y
preocupante. Esto podría llevar al desarrollo de una ley de
almacenamiento centralizado de claves, es decir, una ley que obligue a
los usuarios de criptografía a entregar sus claves a las autoridades,
para que, supuestamente sólo bajo mandato judicial, puedan ser
entregadas a los cuerpos de seguridad del Estado para vigilar las
comunicaciones de un sospechoso de delito.
Un sistema así no logra ninguna ventaja y pone en peligro la
privacidad de todos los usuarios. Cualquier sistema criptográfico que
haga que la seguridad de las claves no dependa única y exclusivamente
del propio usuario de éstas es inseguro. La presencia de claves en un
archivo centralizado las expone a robos, a que sean entregadas a
delincuentes tras sobornar a los funcionarios que las vigilen, o a que
sean utilizadas sin orden judicial. Por otro lado, no se conseguirá
impedir los posibles crímenes que puedan realizar amparados por la
criptografía. Ningún delincuente registrará sus claves, al igual
que no registra sus armas, y podrá obtener sin dificultad programas
criptográficos.
El resultado final es que una ley así es ineficaz y atenta contra
nuestro derecho constitucional a la privacidad de las comunicaciones.
Asimismo, el comercio electrónico tampoco podrá desarrollarse si no
goza de sistemas criptográficos seguros para proteger las
transacciones realizadas online. En definitiva, nos veremos abocados a
ser un país de segunda categoría en el desarrollo de Internet.
¡AYÚDANOS A
EVITARLO!
Algunas cosas que puedes hacer:
Participa
en nuestra campaña contra el artículo 52. Copia el logotipo del
principio de esta página, o este otro, y colócalo en tus páginas
web en un lugar visible, con un enlace a estas páginas.
Haznos saber que estás participando en la campaña enviándonos un
mensaje a free@arnal.es
Aprende a proteger tu privacidad en Internet con la criptografía
y difunde su uso entre otros usuarios. Cuantos más seamos, más difícil
será imponerse contra nosotros.
Sigue atento a todo lo que informemos a través de esta página o de
nuestra lista free-noticias.
Para más información, puedes leer nuestro comunicado
sobre el artículo 52.
¡Hagamos una Internet de todos y para todos!
Texto integro facilitado por:
FRONTERAS ELECTRÓNICAS.
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