Programas de atención a drogodependientes con problemas jurídico

Programas de atención a drogodependientes con problemas jurídico-penales

Para dar una visión de esta realidad, se ha analizado la situación del consumo de drogas, en tres momentos de un mismo itinerario jurídico-penal: en los detenidos, en los sujetos sometidos a cumplimientos alternativos al ingreso en prisión, y en la población penitenciaria. Conviene indicar que los métodos de medida con los que se cuenta son las estadísticas oficiales y los autoinformes, si bien estos métodos no garantizan una medición muy exhaustiva del consumo de drogas asociado a la delincuencia.

Servicios de atención al detenido

De la revisión de los datos de 1997 presentados por las Memorias de los Servicios de Atención al Detenido en Juzgados de distintas Comunidades Autónomas, (Andalucía, Baleares, Cataluña, Castilla y León, Madrid, Murcia y Comunidad Valenciana), se puede decir que:

Además, en distintos servicios, Baleares, Cataluña y Madrid, se ha paralizado la tendencia al incremento en el número de usuarios respecto a años anteriores, en correspondencia con el descenso de personas adictas a sustancias psicoactivas que realizan actos delictivos. Uno de los motivos, entre otros, de este descenso podría ser, como apunta el Equipo Social Asesor de los Fiscales en materia de Drogodependencias de Barcelona, la introducción de programas de tratamiento con metadona y de programas de intercambio de jeringuillas, que han supuesto una mejora de las condiciones de consumo y una reducción de daños que incluye el descenso de la criminalidad.

También hay que destacar la consolidación de la tendencia al envejecimiento de la población, y el cambio en la vía de consumo intravenosa hacia la fumada.

Al comparar este perfil con el del usuario atendido en la red asistencial de drogodependencias durante 1997, se observa que presentan unas características comunes: de sexo varón, con una edad entre 26 y 35 años, droga principal de consumo la heroína, y un porcentaje significativo de estos usuarios presentaban problemática judicial. Ciertamente, distintos estudios muestran una asociación entre el consumo de heroína con el VIH y antecedentes judiciales. La presentación de ambas problemáticas justifica una intervención sociosanitaria dentro de un contexto judicial.

Por otra parte, la Encuesta a consumidores de heroína en tratamiento, 1996-1997 refleja el siguiente perfil de usuario: varón (81,8%), el 27,7% ha obtenido la mayor parte de sus ingresos a través de actividades ilegales (15,1% robos o venta de cosas robadas; 12,6% venta de drogas), el 73,1% ha estado alguna vez detenido con una media de edad de la detención de 20.6 años y la del primer consumo de heroína de 20 años, el 40,3% ha estado alguna vez en prisión y la media de edad del primer ingreso fue de 22 años con una media de estancia en prisión de 10 meses. Alrededor del 23% eran seropositivos a la infección por VIH.

Sujetos sometidos a tratamiento alternativo al ingreso en prisión

Sobre el número de cumplimientos alternativos que se conceden en nuestro país no contamos con datos, ya que en la mayoría de los juzgados no se registran los cumplimientos alternativos para drogodependientes de forma separada del resto de las ejecuciones de sentencia. Ante esta realidad, la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas en 1997 subvencionó el estudio Utilidad de los tratamientos alternativos a la prisión como facilitadores de la reinserción social en drogodependientes delincuentes, presentado por SIAD. El estudio ha analizado los cumplimientos alternativos al ingreso en prisión concedidos durante el período comprendido entre el 1 de julio de 1996 y el 30 de junio de 1997. Además de los cumplimientos decretados en las sentencias dictadas en ese período (227), se facilita información relativa a las 812 personas que se encontraban acogidas a tratamientos alternativos en virtud de sentencias dictadas con anterioridad al 01.07.96. Los datos más destacados de este estudio se reseñan en la tabla 1.

Población penitenciaria

Esta población mantiene unas conductas de riesgo que hace que la infección VIH/SIDA en la población penitenciaria presente unas características epidemiológicas y clínicas que la diferencia de las que aparecen en el resto de la población: el 54% de la población reclusa es drogodependiente; en las personas que ingresan por primera vez en prisión sigue siendo de un 21,9%. También cabe destacar que la frecuencia del consumo de drogas es muy alta, ya que más de un tercio de los usuarios las consumen con una frecuencia mayor o igual a una vez al día. A su vez, un porcentaje significativo seguían utilizando la vía inyectada para el consumo de sustancias psicoactivas (Figuras1 y 2). Además, un 36% de las personas que utilizan la vía inyectada dicen compartir o haber compartido jeringuillas con otras personas.

Los datos ofrecidos por los registros de Sanidad Penitenciaria, indican las siguientes prevalencias y tasas de enfermedades transmisibles de alta incidencia en Instituciones Penitenciarias:

"La realidad es que el estrato social de la marginación, del que provienen la mayoría de los reclusos, determina en los centros penitenciarios unas peculiares condiciones de precariedad y de deterioro, con una incidencia de enfermedades carenciales e infecciosas más alta que en el resto de la población, a lo que se une, que, en muchas ocasiones, el primer contacto de estas personas con el sistema sanitario se produce a su ingreso a prisión" (Situación penitenciaria y depósitos municipales de detenidos 1988-1996, Informe del Defensor del Pueblo).

Consecuentemente las instituciones penitenciarias constituyen, como estableció la OMS en sus Declaraciones de 1987 y 1993, un eslabón fundamental en la prevención, control y seguimiento de los pacientes.

Respuestas sociosanitarias

Las Comunidades y Ciudades Autónomas han realizado a lo largo de 1997 un conjunto de intervenciones preventivo-asistenciales con diferentes tipologías de programas, merced a la colaboración entre la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, los Planes Autonómicos de Drogodependencias, y diversas ONGs, Ayuntamientos y otras instituciones que se han corresponsabilizado de los mencionados programas.

Entre las prioridades del Plan Nacional sobre Drogas, que vienen marcadas en el Plan de Medidas para Luchar contra las Drogas, aprobado por el Gobierno en la sesión del Consejo de Ministros del 24 de enero de 1997, figuran las directrices a desarrollar en los programas para drogodependientes con problemas jurídico-penales. Estas directrices son :

Estos programas necesitan un mecanismo de coordinación con organismos de la Administración Central y con las Comunidades Autónomas. Desde el Plan Nacional sobre Drogas se están realizando las siguientes actuaciones:

Con estas acciones, se trata de avanzar en las medidas alternativas a la pena privativa de libertad, lo cual supone un compromiso civil, promoviendo un empleo menor de la cárcel y más justicia penal para convivir.

Desde la Administración Penitenciaria y el Plan Nacional sobre Drogas se establecen dos pautas de intervención:

­ Tratamiento intrapenitenciario. Incorporar dispositivos comunitarios y profesionales extrapenitenciarios a la prisión.

­ Tratamiento extrapenitenciario. Potenciar la derivación de los reclusos drogodependientes a dispositivos comunitarios de tratamiento, tanto en régimen ambulatorio como de internado.

Durante 1997, las actividades más significativas en este ámbito han sido:

­ La extensión de los programas de tratamiento con metadona prácticamente a todos los centros. Durante ese período 10.577 internos han estado incluidos en este tipo de modalidad terapéutica. A 31 de diciembre de 1997, 3.192 reclusos estaban en tratamiento con metadona, lo que supone, el 8,65% de la población penitenciaria.

­ La implantación del programa de intercambio de jeringuillas en Basauri.

En el apartado Actividades en el ámbito penitenciario del Ministerio del Interior, correspondiente al capítulo 3 de esta Memoria se ofrece información más detallada sobre este punto.

En 1997 la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, Proyecto Hombre y la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas llevaron a cabo el diseño y la implementación de este programa en el centro penitenciario de Soto del Real.

Este proyecto se compone de varios programas, entre los que hay que destacar la implementación de una comunidad terapéutica mixta intrapenitenciaria, en la que la Junta de Tratamiento asume las funciones no sólo terapéuticas sino también las atribuidas al Consejo de Dirección y a la Comisión Disciplinaria del centro. En dicha Junta participa personal de Proyecto Hombre, entidad que lleva la dirección terapéutica de la comunidad, al formar parte del equipo técnico de intervención.

Durante 1997, se han llevado a cabo acciones informativas y formativas dirigidas al personal del centro.

En el apartado Actividades de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, correspondiente al capítulo 3 de esta Memoria se ofrece información más detallada sobre este punto.

Desde estas directrices se pretende que el contacto de los drogodependientes con la Administración de Justicia suponga una oportunidad para su inserción. Este objetivo requiere desarrollar todas aquellas medidas de política social orientadas a detectar y combatir las causas individuales y sociales de la delincuencia. El último nivel de estas medidas sería el ámbito penal abierto hacia una proyección social y humanitaria. Un Estado Social de Derecho trae como consecuencia la necesidad de vinculación social entre los portadores del control jurídico-penal y la comunidad y, por ello, el requerimiento de asumir, por parte de éstos, labores de asistencia social a todos los niveles.