LA MESTA (OBRA DE JULIUS KLEIN).
Desde antes del Imperio Romano, España ha tenido
una floreciente ganadería lanar y una vida pastoril generalizada.
La primera raza de ovejas en España fue la churra
(lana marrón y larga), que fue casi totalmente sustituida en tiempos de los Reyes
Católicos por otra raza, la merina
(lana blanca y corta), introducida por los benimerines (tribu del norte de África),
que, además, nos dejaron la mayor parte de la terminología pastoril española.
Esta raza mejoró y se extendió por el mundo.
La Mesta se formó para que a estas ovejas no las
faltasen pastos verdes (invernaderos y agosteros), ni cañadas donde transitar.
En la primera parte de la Edad Media, los
propietarios se reunían para repartir los mostrencos
(reses descarriadas) de los rebaños o hatos trashumantes. A estas asambleas
locales se les denominaban "mestas".
En 1273 Alfonso
X reunió a todas las mestas castellanas en una "Mesta nacional",
llamada "El
honrado concejo de la Mesta",
al que concedió una carta de privilegio.
El lugar de paso de los rebaños eran las cañadas.
Las primeras fueron reconocidas en los siglos VI ó VII por el Fuero
Juzgo visigodo. Eran caminos fijos para el ganado. Las cañadas reales medían
90 varas. Las más importantes son:
o
La leonesa. De León a
Extremadura.
o
La segoviana. La más
utilizada. Partía cerca de Navarra e iba hasta el Valle del Guadalquivir.
o
La manchega. De Cuenca a las
llanuras murcianas.
Las
ramificaciones de las cañadas eran conocidas por el nombre de cordeles,
de 45 varas y las veredas de 22'5
varas. Había pasos temporales:
- Cañadas
de hoja (discurrían por
los barbechos).
- Cañadas
de campo a través (por
montes y baldíos).
Las medidas de las cañadas eran vigiladas por los entregadores
para que no se apropiaran de ellas los agricultores de los bordes.
Las grandes cabañas eran divididas en rebaños de
1000 cabezas para la trashumancia y las reses eran marcadas.
Los rebaños partían de los agostaderos del norte
en septiembre. El viaje duraba un mes hasta los invernaderos. En esos pastos del
sur nacían los corderos.
Se salía después en abril y a mitad del camino se
esquilaba y se vendía la lana en las lonjas, entre ellas la de Segovia.
Continuaban su camino y en mayo o junio se encontraban de nuevo en los
agostaderos.
En el camino hacia el sur se celebraban ferias o
mercados, donde los pastores vendían sus productos y compraban alimentos y útiles.
La Mesta contribuyó a comercializar la lana merina
por todo el mundo (sobre todo Inglaterra y Flandes). Para proteger estos
mercados exteriores y que los tuviese España en monopolio, se prohibió la
exportación de reses merinas.
Con los Reyes
Católicos se empezó a comerciar con ganado.
En la época de decadencia de la Mesta se fundó la
Compañía de los cinco gremios para monopolizar el mercado de la lana, pero
fracasó.
En el siglo XVIII se dio el golpe definitivo a esta
industria al exportar las ovejas merinas al extranjero (Suecia 1720).
La Mesta no tenía rebaños propios, sino que era
una organización de propietarios de ganado que se caracterizaba por su
democracia y su cumplimiento escrupuloso de sus códigos y ordenanzas
(prescritos en 1492 y 1511).
Las reuniones que celebraban eran tres, pero en
1500 aproximadamente se redujeron a dos (enero o febrero en el sur y septiembre
u octubre en el norte). En 1740 se comenzaron a celebrar sólo en Madrid.
Tenían lugar en las iglesias o a campo abierto, en
lugares designados por turno por las cuatro cabañas (Soria, Segovia, Cuenca y
León).
Los votos se recogían por cabañas, que ya habían
celebrado sus reuniones locales antes. Los cargos se nombraban por sorteo:
- El
presidente de la Mesta era el
miembro más antiguo del Consejo Real de Castilla. Vigilaba la gestión interna,
presidía las asambleas, era el nexo de la Mesta con el gobierno.
- Los
procuradores vigilaban los
tributos.
- El cuerpo de contadores y receptores se
encargaban de la administración.
- Los
alcaldes de la Mesta, o de la
cuadrilla, se elegían cada cuatro años y vigilaban el cumplimiento de las
leyes y recogían los mostrencos.
- Procuradores
de corte.
- Procuradores
de puertas. Se situaban en las
puertas reales para cobrar los tributos a la Mesta y vigilar su exactitud.
La Mesta estaba compuesta por una minoría de
propietarios poderoso (nobles) y una mayoría de pequeños propietarios que eran
los que la daban vitalidad.
Eran funcionarios ambulantes de la Mesta, aunque en
realidad o al menos teóricamente, eran funcionarios reales. Pasaron a ser
nombrados por la Mesta en 1568, cuando compró el derecho a nombrarlos.
Su función era judicial y administrativa. Eran el
nexo de la Mesta con resto de la sociedad; eran los encargados de solucionar los
frecuentes altercados entre campesinos y pastores.
El entregador principal era El alcalde Entregador
mayor.
En el imperio romano se nombró un juez para hacer
justicia en temas de pastoreo, al que se puede considerar el antecedente más
remoto de los entregadores.
En Aragón el cargo similar al de entregador fue el
de "el justicia" que era el presidente de la organización aragonesa
de ganaderos (La casa de ganaderos de Zaragoza). Administraba justicia en temas
pastoriles. Se diferenciaba del entregador en que no era ambulante, visitaba los
pastos sólo una vez al año, en que el territorio que administraba era mucho
menor, y que podía imponer hasta la pena capital, mientras el castellano únicamente
podía sancionar con multas.
En entregador en Castilla nació con la Mesta en el
reinado de Alfonso X. Fue el
protector judicial de la ganadería.
Su sueldo era una parte de las multas que ponía.
Tenía que dar cuenta de su gestión en las asambleas. Las Chancillerías
(Valladolid y Granada) hicieron desaparecer la figura del entregador, al poderse
recurrir ante ellas las multas impuestas por ellos.
Primero sólo había un entregador por cada
cuadrilla o cabaña, es decir, 4. Posteriormente hubo uno por diócesis, y en
1589 se redujeron a dos.
Los entregadores iban acompañados por una multitud
de alguaciles, escribanos...
Sus funciones eran la conservación en buen estado
de las cañadas, abrevaderos y descansaderos. Vigilaban los abusos cometidos en
los pastos públicos (roturaciones). Defendían a los pastores de campesinos y
de los tributos, detenían a los ladrones. A veces se excedieron en sus
funciones al entrometerse en pleitos locales.
Cuando los entregadores recorrían las cañadas
para hacer justicia tropezaban con los impuestos y tributos que ciertas ciudades
tenían concedidos cobrar en sus cartas de privilegios locales (sobre todo en el
sur), con lo que se ocasionaban frecuentes conflictos.
El entregador ejercía justicia en los
ayuntamientos, acompañado por el alcalde y en tiempos de los Reyes
Católicos por el corregidor.
Los últimos Habsburgos estaban arruinados y
aceptaban "subsidios", tanto de la Mesta como de las ciudades, a las
que como pago las daban privilegios que las fortalecían contra las pretensiones
del entregador.
En 1600 se nombran unos comités para vigilar la
actuación del entregador y unos delegados para investigar en las reuniones de
la Mesta, con la intención de reducir el poder del entregador. Contra esto luchó
la denodadamente la Mesta, por medio del Consejo Real.
Se le prohibió al entregador tomar parte en los
pleitos de cercados, retener la parte que le correspondía de las multas que
imponía y se le limitó el sueldo y el número de acompañantes.
Badajoz, la ciudad ganadera más importante,
encabezó la campaña de desprestigio de la Mesta y del entregador. Los nobles y
el clero se unieron a esta campaña, e incluso llegaron con amenazar de excomunión
a los entregadores si no se sometían a ellos.
La Mesta hubo de recurrir ante la Sala
de los Milquinientos ( en la
que el demandante depositaba como fianza 1500 doblos de oro), que dio algunas
sentencias a favor de la Mesta e hizo renacer su esperanza, pero con Carlos
III, su ministro Campomanes el
cargo de entregador desapareció en 1796.
En los pueblos mediterráneos (Italia, África del
Norte, sur de Francia y España), debido a sus características de relieve y
clima la ganadería era trashumante, y al paso por los distintos pueblos y
ciudades se exigía a estos rebaños el pago de daños y perjuicios e impuestos
de peaje o portazgos. Estas multas eran una fuente de beneficios para las
ciudades. El origen de estos impuestos viene unido a la aparición de la ganadería
trashumante.
El montazgo era el impuesto más antiguo. Era una
pena usada por las ciudades (lo recaudado era para las arcas locales) para
castigar a los ganaderos intrusos en montes y dehesas locales, pero con el paso
del tiempo se convirtió en una carga fiscal.
Los arbitrios eran en principio multas por la
transgresión de los derechos de las ciudades.
Los portazgos (con el tiempo fueron sustituidos por
las alcabalas) eran un impuesto a los ganados que usasen las cañadas. Se
cobraba en las puertas reales (aunque a veces se hacia en las puertas de las
ciudades, con los ganados destinados a la venta).
También a la corona, por ser su protector le
pagaban un tributo anual y una tasa por transitar por sus cañadas.
En
todas las regiones se pasa de pagar los tributos locales a pagar tributos a la
corona, que se fortalecía cada vez más, menos en Valencia y Navarra, que de
pagar los impuestos a la corona se pagarán a las instituciones locales.
Es
un sistema antifeudal basado en un impuesto a la propiedad semi-moviente. Estos
arbitrios eran la prueba de la constante lucha entre los intereses pastoriles y
los agrarios. Como consecuencia de los arbitrios locales surgió la tributación
pecuaria impuesta por el poder central.
Durante la Edad Media las principales obligaciones
en Castilla fueron los portazgos y los montazgos.
La
tributación a la corona servía para financiar las constantes luchas contra los
musulmanes. Esta tributación a la corona surgió de los tributos locales, cuya
recaudación, en lugar de ir a parar a las arcas locales iban a la Hacienda
real.
La recaudación de estos impuestos correspondía a
la corona, pero en la práctica los cobraban los nobles y las ciudades, a veces
sin el permiso real. El cobro de montazgos se limitó a uno pos jurisdicción
para evitar abusos.
A
algunos ganaderos que habían ayudado en las tareas de la Reconquista se les
libraba de pagar estos tributos por medio de exenciones.
Alfonso X,
en Las partidas, reguló todos estos impuestos y exenciones y limitó el
número de puertas reales.
En la primera carta de privilegio concedida a la
Mesta en 1273, se asegura a los patronos que los impuestos de montazgo y
portazgo sólo podían ser cobrados a las puertas de unas ciudades determinadas,
y como máximo dos cabezas de cada mil.
Los montazgos eran impuestos locales y la corona
creó otro impuesto, "El real servicio y montazgo".
Con
Alfonso X muchos portazgos locales
se recuperaron para la corona, para cortar la independencia fiscal de algunas
ciudades y de algunos nobles.
Se persiguió por medio de tres agentes fiscales
(que eran judíos) los montazgos ilegales.
A su muerte sus sucesores concedieron multitud de
privilegios, hasta que Alfonso XI
puso freno a esta situación, y apoyó de nuevo a la Mesta. En 1399 las cortes
aprobaron el pago de los peajes sólo de camino al sur.
Durante los siguientes reinados, bajo la dirección
de algunos nobles, el poderío de la Mesta se incrementó, y también se
aprovechó de los terrenos que la peste negra dejó casi desiertos.
Durante el reinado de Enrique
III, el regente Don Fernando
utilizó hábilmente a la Mesta para dominar a algunas ciudades, al quitarlas
una parte importante de sus riquezas.
Cuando el debilitamiento de la corona hizo
imposible este apoyo la Mesta hubo de recurrir a pactar "concordias",
es decir contratos para poder pastar en tierras de las ciudades y de los
terrateniente.
Los Reyes
Católicos se esforzaron en mejorar la situación fiscal de la Mesta, que se
sintió de nuevo protegida por la corona.
Todos los asuntos jurídicos se centralizaban en
torno al entregador. Muchas de las multas del entregador sirvieron para sufragar
los gastos de la guerra contra Granada y para que se descubriera América. En
esta época se saneó la hacienda Real.
En las cortes de Toledo (1480) los Reyes
Católicos se apropiaron de diversos arbitrios locales que se sistematizaron
y fueron vigilados por la Corona, se hicieron cambios en el mecanismo judicial y
administrativo de la nación.
Se obligó a los jueces locales a dar cuenta de lo
recaudado con los tributos, y para vigilar que así fuera se nombraron los "veedores"
y cuando estos resultaban
insuficientes se recurría a la Santa hermandad.
Se
mandaron hacer inspecciones de todos los arbitrios locales en 1468, bajo la
dirección del consejo real. Para esto se nombró un juez especial "juez
pesquisidor o comisionado". No impartía justicia, sino que llevaba sus
demandas al consejo real, que era el encargado de dictar sentencias (casi todas
a favor de la Mesta).
Se crearon las Chancillerías (Valladolid y
Granada) como tribunales supremos. Al principio sus sentencias fueron favorables
a la Mesta, pero poco después se convirtieron en su más tenaz enemigo.
Los arbitrios pecuarios por excelencia siguieron
siendo el portazgo y el montazgo, que eran cobrados por cobradores locales (que
eran en su mayoría judíos, lo que puede hacer creer que la Mesta influyó en
su expulsión 1492).
El portazgo que se cobraba al ir a vender a los
mercados desapareció para favorecer el comercio, que aumentó
considerablemente.
A las ovejas que iban a venderse en el mercado se
las denominaba "Merchandiegos".
Tras la derrota de Villalar (1521), los municipios
tuvieron que someterse a la corona, que nombro unos funcionarios reales para
llevar a cabo la administración local, y la recaudación de tributos.
La Mesta fue una inestimable fuente de ingresos
para la corona.
Las Chancillerías, hasta ahora sumisas al poder
real, se enfrentaron a él y a la
Mesta a la muerte de Felipe II,
favoreciendo a las ciudades.
Los jueces pesquisidores que no podían dar
sentencias, ahora la daban por cuenta propia, sin llevar los pleitos al consejo
real.
Los privilegios de las ciudades aumentaron y la
Mesta, al no poder apoyarse en las Chancillerías y en estos pesquisidores,
recurrió al consejo real y a la Corona, que no tenían fuerza para apoyarla.
La Mesta adoptó una postura defensiva, en lugar de
atacar los privilegios locales.
Pagaba, además, unas tasas a la Iglesia:
- La cruzada. Se daban mostrencos para
financiar la guerra contra los infieles.
- El diezmo. Se pagaba la décima parte de
todo a la Iglesia.
Los ganaderos trashumantes pagaban los diezmos
fraccionados en "medio diezmos" por las regiones por las que pastaban
y en su región de origen. Este impuesto apareció en España al comienzo de la
Edad Media.
El poderío de la Mesta decayó progresivamente, se
aumentaron los impuestos. Durante los primeros borbones siguió esta vertiginosa
caída y no pudo hacer nada para frenarla y finalmente con Carlos
III la Mesta perdió toda su influencia y desapareció el cargo de
entregador.
Los montazgos serían sustituidos por los llamados
traviesos y pasajes".
En Castilla antes de la creación de la Mesta no
hay indicios de que se pagasen rentas directas a la hacienda real. Sin embargo,
algunos montazgos locales se pagaban a los soberanos como tributo.
La hacienda real se nutrió de las rentas de la
industria pastoril, sobre todo durante la reconquista, en que los ganaderos
agradecidos por la conquista de los excelentes pastos del sur dieron tributo a
los monarcas.
Existía un impuesto real "El
diezmo de puerto seco",
que se cobraba en las aduanas al pasar al reino de Aragón. Pero la primera
renta real directa aparece con la Mesta (1270). Es el llamado "servicio
de ganado". Sólo se
cobraban a los rebaños trashumantes.
La corona se apropió del impuesto local de la
"Alcabala
de hierro", que en 1343
cambió el nombre por el de "Servicio
y Montazgo".
En las cañadas más importantes se establecieron
en 1300 las puertas reales, donde se pagaba el servicio y montazgo por los rebaños
de la Mesta en su camino hacia el sur.
Con Enrique
IV las exenciones de pagar estas rentas se llegaron incluso a vender.
Enrique IV
dejó la hacienda en bancarrota, y los Reyes
Católicos trataron de sanearla con toda clase de rentas, entre ellas las de
la Mesta.
Se siguió pagando el servicio y montazgo a la
corona.
En las cortes de Toledo se reformó toda la
tributación, se restringió el poder de las ciudades y de los terratenientes
que tenían derecho a arbitrio.
Los Austrias tuvieron que aumentar las rentas para
sufragar los gastos de guerras constantes y su afán imperialista, para lo cual
tuvieron que revivir ciertos antiguos impuestos (alcabala) y crear otros nuevos.
La solvencia de la Mesta disminuiría a causa de estos impuestos y por los préstamos
forzosos que exigía el monarca (como cuando quiso hacerse emperador de
Alemania).
Se intentó sacar el máximo provecho de la
industria pastoril.
El emperador dejó en manos de unos banqueros (Los Fugger)
la recaudación de los impuestos sobre las ovejas, lo que benefició a la Mesta,
al no verse obligada ya a atender los préstamos forzosos.
La Mesta recuperó un poco de su economía al
comprar el derecho de nombrar entregadores y al comerciar también con bienes
inmuebles.
La corona dio un duro golpe a la Mesta al poner
impuestos a la lana vendida en Medina.
En el siglo XVIII la Mesta pasó de ingresar 40
millones de maravedíes a 7 millones, ya que la corona exigía contribuciones
para las guerras.
Con los primeros borbones se renovó la costumbre
de pedir los préstamos forzosos y se aumentó el impuesto de exportación de la
lana. Para compensarlo se abolió el "servicio y montazgo".
Con Carlos
III la insolvente Mesta desapareció en funciones y se la acusó de
entorpecer el desarrollo agrario y de ser una carga para la corona. Finalmente
desapareció legalmente en 1836.
Los pastos utilizados por los rebaños trashumantes
eran arrendados. La mayoría eran de la corona, pero los privados eran
utilizados por medio de pactos de "concordia" con sus propietarios.
En el Fuero Juzgo visigodo, los rebaños
trashumantes tenían acceso a todas las tierras abiertas de la corona y, además,
a las tierras privadas en las que sólo podían estar dos días si no tenían
permiso del amo. También tenían derecho a talar árboles en los montes. Pero
con la reconquista, al dar privilegios a las ciudades, estas se reservaron sus
pastos comunales para sus rebaños y fueron levantando cercas y dehesas.
Los rebaños trashumantes tenían que respetar los
campos de mies, cercados, huertas, viñas y dehesas, y se les permitía pastar
en los rastrojos y en algunas viñas con permiso del dueño.
La Mesta influyó en la deforestación de Castilla,
porque cuando las ovejas pastaban por los montes, se comían los brotes, y
porque los pastores creían que quemando los árboles en otoño, en primavera
salía una hierba mejor.
La agricultura no fue perjudicada hasta que la
Mesta no se excedió en sus privilegios.
Los Reyes
Católicos se propusieron crear un
comercio y para eso subordinan la agricultura a la ganadería, se favoreció a
la Mesta. Se prohibieron los cercados para aumentar los pastos y se puso
impuestos a la agricultura.
En las cortes de Toledo (1480) se prohibió a las
ciudades acotar sus tierras comunales para que los rebaños de la Mesta pudieran
pastar.
Los bosques debían conservarse para los rebaños
de la Mesta y les estaba permitido cortar árboles y cortar arbustos para
alimentar en invierno a su ganado. Esto y la construcción de una poderosa flota
contribuyeron a la deforestación y aridez de Castilla.
Los hermanos de la mesta podían disfrutar
permanentemente de un campo pagando una renta. La Mesta vigilaba que no hubiese
competencias entre los hermanos por los pastos, y vigiló que no se especulase
con los arrendamientos de los pastos.
Con las leyes de Toro (1505) se destrozó todo
intento de fomentar la agricultura. Se tuvo que importar los productos agrarios
de Aragón, con un considerable aumento de los precios.
Estas medidas dieron un poder extraordinario a la
Mesta y el número de ovejas aumentó.
Con Felipe
II la Mesta era la dueña de los campos de Castilla, pero a su muerte las
ciudades empezaron a recurrir a las Chancillerías, que comenzaron a dar
sentencias en contra de la Mesta y a favor de las tierras laborables de las
ciudades. Se acusaba a la Mesta de impedir la agricultura, de violar con sus
privilegios las antiguas libertades de las ciudades y de ser la causante de la
subida de los precios y la despoblación humana y forestal.
Los cercados no se pudieron impedir, porque por
cualquier pretexto se daban licencias para roturar y cercar pastos.
Los rebaños estantes crecieron y se opusieron a la
Mesta, que les había intentado someter a sus leyes, sin éxito
y reclamaban los pastos locales para explotarlos ellos.
La Mesta tuvo que recurrir a arrendamientos a 4 años
a un alto precio, en intentó aniquilar la agricultura con todos los medios que
tenía a su alcance, por lo que parece posible que influyeran en la expulsión
de los moriscos (1609), que en su mayor parte eran agricultores. Con ellos se
perdió una pieza fundamental de la agricultura.
El Consejo real o de Castilla, fiel a la Mesta. Dio
unos edictos para que no se roturase, pero estos mandatos se ignoraron.
El mercado de la lana, hasta ahora bien manejado
por la Mesta, cayó en una confusión y la Mesta amenazaba bancarrota.
Los primeros borbones bajaron la tasa de los
pastizales para ayudar a la Mesta y le concedieron el derecho de ejercer sus
privilegios en Aragón.
La agricultura empezó a despertar y roturó más
campos sin hacer caso a las reglas de los pastos.
Carlos
III y Campomanes
hicieron una reforma agraria en la que los municipios disponían de sus tierras
comunales para su uso. Fernando VII
(que fue presidente de la Mesta) intentó frenar la roturación de pastos, pero
no lo consiguió.
El 31 de enero de 1836 se prohibió utilizar el
nombre de la Mesta y en mayo de ese mismo año se creó para todos los asuntos
pastoriles "La asociación general de ganaderos del reino".