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HE AQUI ALGUNOS DERECHOS QUE CUANDO NO SE RESPETAN PROCURAMOS QUE EN LAS SIGUIENTES VOTACIONES AL CABO DE 3 O 4 AÑOS MANDEN OTROS. GENERALMENTE PREFERIMOS DENUNCIAR LA SITUACION EXISTENTE ANTES QUE PAGAR 3 O 4 MILLONES PARA DEVOLVER EL PRESTAMO DEL IMPORTE DEL PISO EN OTRO BARRIO DONDE QUIZAS SE NOS RESPETE AL MENOS LA INTIMIDAD


Artículo 18 de la Constitución Española. 1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. 2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial. 3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas. 4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos. Artículo 20 de la Constitución Española. 1. Se reconocen y protegen los derechos: a) a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. b) a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c) a la libertad de cátedra y d) a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.