Modelos para construir Europa
[José Manuel Martínez Sierra]
Cuando en Mastrique se acordó la extensión del sufragio activo y pasivo a todos los comunitarios en las elecciones locales en todos los Estados miembros, los periodistas, micrófono en mano, se dirigieron al entonces líder de la oposición, José María Aznar. Los primeros, grandes desconocedores en general de los temas europeos, vinieron a preguntarle dubitativamente: "¿Qué opina sobre la posible necesidad de modificar la Constitución Española, dado que ella sólo reconoce el sufragio activo para los no nacionales?". El hoy Presidente del Gobierno, sólo ante el peligro, y ante tamaña ecuación jurídica, no fue capaz de pronunciarse y reconoció la necesidad de consultar con los servicios jurídicos de su partido. Sensata actitud; como dijo Descartes, de lo que no se sabe, mejor es callarse.
Pero, aparte de sensata, la actitud fue sospechosa. Basta con leer la introducción de cualquier manual de Derecho Comunitario, ir a una conferencia para neófitos en temas comunitarios, en fin, un mínimo conocimiento sobre la integración europea, para saber que hay una cosa denominada primacía del Derecho Comunitario, causante de que esa modificación constitucional deba producirse. Se produjo, y así nos cercioramos de cuán grande era la ignorancia del hoy miembro del Consejo Europeo como Jefe del Gobierno Español. La cuestión no es baladí. La primacía del Derecho Comunitario, sobradamente asentada por el Tribunal de Luxemburgo, hace que cualquier norma de Derecho interno de un Estado Miembro —incluso la norma suprema— que se oponga al derecho originario o derivado de la CE, quede derogada.
Si hubiese que denunciar algo de la UE, podríamos empezar denunciando el brutal y generalizado desconocimiento que hay sobre el proceso de integración europeo. A España se le ha escamoteado un obligado y constante debate sobre Europa. No se debatió ni al integrarnos, ni con motivo de la única modificación que se realizó del Derecho originario desde que somos parte del proceso, a saber, Mastrique. La Conferencia Intergubernamental (CIG) de 1996 debe ser ineludiblemente el punto final al "come y calla" que Europa ha sido para la opinión pública española. Pasemos a decir por qué.
La Europa del Mercado
Para no contribuir al desconocimiento reinante sobre el proceso de integración de la Unión Europea, sentemos brevemente el estado de cosas en el que se encuentra nuestra Europa antes de la CIG 96. Cojamos los aspectos más gráficos del proceso de integración europea, con vistas a denunciar lo que se avecina tras esta Conferencia.
Mucho se ha escrito sobre las intenciones de los padres de las Comunidades Europeas, pero lo cierto es que los hechos limitaron las tres Comunidades primigenias al ámbito económico. El carácter económico-industrial de la CECA (Comunidad Europea del Carbón y del Acero) y de la CEE (Comunidad Económica Europea) sólo fue matizado por la visión más globalizadora de la CE (Comunidad Europea). La integración europea salió con la vista puesta en un entonces excesivamente teórico Mercado Común. Las cuatro libertades básicas que posteriormente lo llevarían a cabo, no dejaban de ser un esbozo de pilares básicos para un contexto económico de librecambio de bienes de producción.
La inoculación de la "Europa de los mercaderes" estaba introducida, aunque no es menos cierto que el egoísmo nacional ponía incontables "zancadillas" a lo que sus propios líderes habían determinado. Los Tratados Fundacionales de las Comunidades Europeas, el de Paris y los de Roma, suponían, nada más y nada menos, que la creación de un marco jurídico-político supranacional puesto al servicio de una simple realidad: la competencia irrestricta de las economías de los Estados Miembros. Cierto es que el propio Tratado de la CEE hacía referencia a metas tales como el crecimiento económico de los países miembros, la mejora del nivel de vida de los europeos, etc. Pero no lo es menos que, para tan loables metas, se partió de la asunción de premisas económicas liberales, las cuales, expuestas a la luz de otras doctrinas, o simplemente a la de los hechos económico-sociales de la Europa de la segunda mitad de este siglo, distaban de tener relación causa-efecto.
El carácter supranacional de las Comunidades venía dado, a diferencia del espectro de organizaciones y organismos internacionales, por dos cuestiones esenciales. De un lado, un sistema institucional que situaba el nivel de toma de decisiones por encima del retrógrado y capitidisminuido nivel nacional. La Comisión, el Tribunal de Justicia de Luxemburgo y el Consejo de las CC.EE., dado el formalismo del Parlamento Europeo, generaron un entramado de toma de decisiones alejado de las vías de control nacional. De suerte que el nivel europeo era ya en muchas cuestiones el campo de discusión y tratamiento de un importante número de competencias, hasta entonces materia acotada al poder nacional. Todas estas materias, una vez que empezaron a residir en el nivel europeo, dejaron de soportar el rendimiento de cuentas a los Parlamentos nacionales o cualquier otra institución de control de política nacional. Tampoco se sometían al control que se derivara de los Derechos Constitucionales para Tratados Internacionales que abordasen la misma materia. El sistema inventado se "retroalimentaba" una vez establecido, y las comisiones parlamentarias sobre asuntos europeos de los Estados Miembros no dejaban de ser un observador de las "mejores jugadas", lejísimos de cualquier intervención a priori.
El segundo pilar sobre el que se asentó el carácter supranacional de las Comunidades fue un derecho propio que se impone al de los Estados Miembros, distinto del de éstos y del derecho internacional. Las características esenciales de dicho derecho —primacía, efecto directo y aplicabilidad directa— lo hacen autónomo y superior al de los Estados. No hay contradicción, conflicto de derechos o lugar a dudas: si el derecho nacional —en cualquier rango jurídico— se opone al derecho primario o derivado de la CE, queda simple y automáticamente derogado, debiendo en lógica ser modificado en el sentido de la disposición comunitaria de turno, como ocurrió con la Constitución Española en el caso ya citado.
El salto cualitativo: el Acta Única y Mastrique
La esencia que al proceso de integración le dieron los Tratados Fundacionales se ha mantenido hasta nuestros días. Pero el Derecho Originario surgido en aquellos tratados sufrió dos transformaciones de distinto cariz: el Acta Única Europea en 1986 y el Tratado de la Unión Europea en 1992. El Acta distó de suponer un salto cualitativo tan significado como Mastrique, pero vino a ser la plasmación de una actitud de claro cambio de actitud en el Consejo Europeo. Desde los Tratados primigenios se habían perdido demasiados años entre consolidaciones de criterios teóricamente resueltos en el Derecho Originario y ampliaciones de la llamada "casa europea", política de la "silla vacía" incluida. Para intentar poner fin a la parálisis europea, nada mejor que ampliar su campo competencial. Es decir, se alejaron más materias de los sistemas políticos y de las opiniones públicas europeas, en beneficio de lo que muchos consideraban la "tiranía de Bruselas". Además, se aumentaron los campos de decisión por mayoría cualificada en el Consejo. Es decir: más competencias para Europa y menos posibilidad de los Estados Miembros para defender sus posiciones por la vía del bloqueo. El salto cualitativo dado fue acompañado de medidas bastante formales, si no "camufladoras" de una Europa dirigida a golpe de decreto etéreo y lejano a los europeos. De entre estas medidas, destacó el siempre efectista recurso de aumentar el papel del Parlamento Europeo, aunque el procedimiento de cooperación en éste sea, con respecto al parlamentarismo real, un esbozo de amago de intento de primigenia democratización del proceso legislativo comunitario.
Luego llegó Mastrique, tan saturadoramente oído y tertuliado como poco analizado y difundido con rigor. ¿Dónde están las claves del Tratado que tanto revuelo han causado después de medio siglo de integración Europea? Desde un punto de vista integracionista, el Tratado es sin duda el mayor salto de integración desde la génesis. Se crea la Unión Europea. Se mantienen las tres Comunidades existentes, que pasan a formar el primer pilar de lo que ahora se llama Unión Europea (UE), un pilar de integración supranacional. Junto a él se crean dos nuevos pilares: la Cooperación en Asuntos de Justicia e Interior y la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC). Los dos nuevos pilares se mantienen en el plano intergubernamental; la toma de decisiones, las instituciones a las que afecta y la cobertura jurídica se limitan a las más genéricas del internacionalismo. Pero no nos equivoquemos: la Europa a la que los países miembros se incorporaron era una Europa centrada en criterios meramente económicos.
Lo que se vislumbra potencialmente en la UE es una Europa que llega desde los acuerdos arancelarios de Schengen hasta una posible rehabilitación de la Unión Europea Occidental en busca de un papel de primer actor en lo que hasta hoy ha sido solitario banquete del Tío Sam. La Unión Europea no es, pues, una modificación nominal sin esencia, pero no por ello debemos distraer la atención de lo que sigue siendo central y que aún hoy se incluye como primer pilar de la UE: el Tratado de la Unión culmina un proceso de Unión Económica y Monetaria tras años de serpientes monetarias, Sistema Monetario Europeo, independización sangrante de los Bancos Centrales, etc. Se fijan los criterios monetaristas que permitirán el acceso (o la marginación) de los diversos países a la moneda única, y lo que es más importante en el proceso de integración europea: se fija la fecha de 1999 como punto de no retorno.
Para algunos autores, aún está por ver que los criterios definitivos sean efectivamente los que llevan a la culminación de los artículos 109.J y k del Tratado de la UE, e incluso que la mencionada fecha sea inamovible. Pero, sin entrar en una polémica demasiado marginal para este artículo, si se trata de un órdago, verdaderamente ha sido un buen órdago, como muestran tantos presupuestos y políticas monetarias restrictivas adoptadas en Europa.
Una construcción demasiado imperfecta
El Tratado de la UE es, pues, un paso importantísimo en el proceso de integración. Pero, ¿va a modificar la esencia de lo existente? No creemos que lo haga. Los dos nuevos pilares son una potencialidad intergubernamental, sin visos hoy de adquirir el rango de comunitarización que ya posee el primer pilar, por muchas "pasarelas" que se creasen. Y el primer pilar, el económico, avanza, pero sin salirse de su naturaleza más primigenia.
Esa naturaleza primigenia del proceso de integración podría resumirse del siguiente modo. El proceso de integración europea es un proceso sui generis de integración en el que los Estados Miembros ofrecen cuotas importantes de su soberanía, afectando de facto a toda ella. Una vez la materia en cuestión ha pasado a residir en los órganos europeos, los Estados vienen obligados de forma imperativa por las decisiones que allí se tomen en todos los extremos en que así se decida. A través del sistema institucional de lo que hoy es la UE, los Estados pueden orientar y hasta determinar el futuro desarrollo de la misma, pero la generalización de la mayoría cualificada en el proceso de toma de decisiones ha convertido en marginal el campo en que un Estado puede bloquear dicha decisión, con lo que un Estado quedaría, como sucede en muchos casos, sometido contra su criterio y voto a una decisión, por importante que ésta sea.
Esta Unión se destaca también por no ser "juzgada" más que ante Dios y ante la Historia. Los Ministros que forman el Consejo de la Unión no dan cuentas, salvo honrosas excepciones, mas que al presidente de su Nación. Las materias que los Parlamentos Nacionales despiden con destino a Europa, lo son en todo el significado de la palabra. Pero esas materias tampoco hallan solución a nivel europeo, dado que el Parlamento Europeo nada aporta al vacío del resto de las instituciones. Sólo el proceso de codecisión aprobado en el Tratado de la UE otorga una cierta cobertura a los aspectos —por otra parte, marginales— a los que se aplica.
Podríamos seguir con una lista de cuestiones muy criticables, pero llegaríamos a la misma pregunta: ¿Qué tiene de mágica la UE? La respuesta es fácil: da acceso a un "cielo económico" sólo alcanzable en y con Europa. O mejor dicho: es una garantía para no quedarse solo. Este antídoto contra el aislamiento económico y político venía garantizado, hasta ahora, por una constante del proceso de integración, a saber: la concepción etapista de Monnet, según la cual Europa avanzaría rápida o lenta pero, por supuesto, unida. Ahora bien, la Conferencia Intergubernamental de 1996 parece querer romper con ello: pongamos el grito en el cielo.
En efecto, cuando se convocó la Conferencia Intergubernamental, centrándola desde su primigenia concepción en el ámbito de la reforma institucional, pocos podíamos imaginar que se estuviera tan cerca de consolidar una modificación tan importante de la esencia del modelo de Europa como se está hoy en día. Es un modelo que romperá con el "todos juntos para bien o para mal" (aunque, ciertamente, unos estuvieran más juntos que otros); un modelo en el que unos catarán las mieles del triunfo mientras los otros estarán en mayor o menor grado sometidos a lo que aquéllos determinen.
El proceso de negociación y ratificación de Mastrique dejó bien claro que hay dos raseros de medida en Europa. Los que "defendieron sus intereses", como el Reino Unido y el Reino de Dinamarca, quedaron exonerados de cuestiones tan importantes como la política social europea o de la propia Unión Económica y Monetaria, de suerte que los británicos, aún cumpliendo las condiciones para acceder al Euro (la moneda única), tendrán la última palabra. A este "diferencialismo" ya inoculado antes de la Conferencia, hay que unir el "replanteamiento" de los ricos de Europa, que parecen cansados de repartir fondos de cohesión y ya sólo quieren recibir los beneficios de una ampliación de su mercado comercial libre de trabas y competitividad productiva.
"Europa a la carta"
Para construir esta Europa diferencialista —por no decir sectaria—, se han lanzado, a modo de globos sonda, diversas posiciones teóricas. A ellas debemos remitirnos si queremos entender la Europa que viene. A la cabeza de tales propuestas se encuentran los que Remiro Brotons bautiza como "mosqueteros de Europa". El primer mosquetero nos propone la "Europa a la carta"; su nombre, John Major. La esencia del sesudo razonamiento del premier británico viene dada por la libertad nacional para determinar soberanamente qué pasará y qué no a ser parte de sus obligaciones dentro del amplio espectro de obligaciones que hoy en día son parte del acervo comunitario. El epicentro del razonamiento viene dado en un doble interés: de un lado, el interés económico de cualquier país con vocación exportadora, y de otro, el interés defensor de la soberanía nacional al estilo "euroescéptico" torie. De aquí queda claro que, en la Europa a la carta, todo es materia volátil excepto el Mercado Común. Partiendo de ese espacio común compartido, nada dentro del poder de la Unión, todo en manos de la Soberanía Nacional.
Esta Europa del pick and choose no puede considerarse en serio; más bien lleva a reconsiderar la idoneidad de que el Reino Unido siga en la Unión. Ya que esta Europa, lejos de ser un paso más, será la No-Europa, en palabras de la propia Comisión. En efecto, si cada Estado puede libremente optar por asociarse a tal política y disociarse de tal otra, ello no puede conducir sino a la no-Europa. El self-service que propone Major dará lugar a tantas Comunidades como políticas. Esto es inviable, porque directamente pierde una de las partes que los modelos propuestos han de tener para ser considerados modelos, a saber: intentar mantener la esencia de la Unión. En su lugar, la propuesta de Major sólo ofrece un modelo que, curiosamente, convierte la esencia de la Unión en "chatarra".
El "núcleo duro"
El segundo mosquetero fue la CSU alemana. Su modelo ha sido bautizado como "el del núcleo duro". El espíritu de esta propuesta será bueno o malo, pero desde luego es claro: Europa debe avanzar, y para ello debe seleccionar; hay muchos inquilinos y en muy malas condiciones para seguir todos juntos en un paso ambicioso hacia adelante. El criterio de selección entre los válidos y los lastres es el criterio economicista de la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria.
Hasta aquí no hay demasiada novedad, ya que tal diferenciación puede darse a través de la simple aplicación del Tratado. A más tardar en 1999, o un milagro ocurre o sólo unos cuantos subirán al primer vagón de la Unión Económica y Monetaria. Pero la novedad del modelo del núcleo duro es que, una vez accedidos al primer vagón, estos Estados determinan y condicionan la marcha de todo el tren. Éstos establecerían una serie de sectores que los acelerarían, despegándose de los niveles en los que se mueven los pobres que no pueden seguir el ritmo del Bundesbank aunque inútilmente lo intenten a través de políticas fiscales y presupuestarias, sociales y medioambientales. Los viajeros de este vagón de primera clase serían, de acuerdo con los inventores del núcleo duro, Alemania, Francia y el Benelux. Éstos, en principio, disfrutan de un billete de primera exclusivo y excluyente.
Como afirma Deidre Curtin, el modelo del núcleo duro, en principio, deniega la participación en las políticas incluidas en ese núcleo al resto de los países, incluso si tienen la voluntad y capacidad de participar en ellas. Por supuesto que el resto de los países no viene a coincidir con la idea, no porque sea mala para Europa, sino por serlo para ellos. Sin duda que la solución propuesta por los Demócratas Cristianos alemanes no convierte la casa en chatarra, como la propuesta anterior; sin duda que propone un salto cualitativo, una integración que maravillaría a los más europeístas. El problema, sin embargo, es que la divide.
En efecto, las instituciones, con su espíritu actual, o sirven para todos o no sirven como comunitarias. Es decir, no ofrecería demasiados problemas técnicos adaptar las instituciones, sobre todo el Consejo, a una dinámica en la que sólo decidieran los miembros del núcleo duro. Pero si esta Europa no triunfa con quince miembros, difícilmente lo haría con cinco, y ello esencialmente porque sería injusto: la voluntad de hacer Europa no puede contar menos que la cifra del déficit público, aunque así sea para el Bundesbank.
Otro proyecto, menos aireado por la ausencia de peso político comparativo, pero que también planteó la posibilidad de un "núcleo duro", fue el propuesto por la Unión de Federalistas Europeos. En realidad, lo que apuntaban era la coexistencia de un núcleo federal con la Unión en su forma actual. Los Estados de este núcleo federal establecerían entre sí la moneda y lo que constituye la esencia del tercer pilar, garantizando una acción eficaz en ese ámbito, así como la evolución hacia una Constitución Federal. Por otro lado, el Derecho Comunitario y las instituciones de la UE seguirían utilizándose para todos en la aplicación del Mercado Interior y de las políticas asociadas a él. Ello sin renunciar a la posibilidad de que el núcleo decida crear instituciones para su propio ámbito, por ejemplo en el campo militar.
Las varias velocidades
En tercer lugar encontramos la Europa de las varias velocidades. Esta Europa posee, a nuestro entender, un doble rasgo rupturista y profundizador. Rupturista, porque es innegable que comparte la necesidad del cambio de modelo tradicional: aquél del avance totalmente conjunto a través de un proceso "etapista" de intensidad supeditada a la coyuntura política. En su lugar propone un avance diferenciado hacia la misma meta. Es decir que todos los países, sin exclusiones apriorísticas, tienen posibilidades de alcanzar el mismo destino, pero para hacerlo queda abierta la posibilidad de hacerlo en diferentes estadios. Mismo objetivo, distinto ritmo.
La diferenciación entre primera, segunda, etc. velocidades, puede tener muchas interpretaciones, pero teóricamente defiende lo que no parecen defender las opciones anteriores, a saber: crear en su última etapa una Europa más integrada. Y para hacerlo, parte de la base de que es más positivo separarse a lo largo del camino, pero recorrerlo todos. Intentar recorrerlo todos al mismo tiempo es perpetuar la no realización del viaje. Ejemplo clarificador del modelo es la Unión Económica y Monetaria: ésta permite que un grupo de Estados Miembros protagonice una mayor cooperación e integración sobre la base de criterios objetivamente definidos, con la intención de que los otros Estados, con el paso del tiempo, se unan a los primeros. Así, desde una perspectiva europeísta puede argumentarse que, lejos de proponer la voladura de Europa, como hace la Europa a la carta, el modelo de las varias velocidades propone una mayor integración. El problema es que no lo hace para todos al tiempo, y por ello es objeto de conflicto: la botella se ve medio llena o medio vacía según la velocidad en que uno esté presumiblemente embarcado.
Desde la "primera velocidad" se argumenta, no sin razón, que la diferenciación es la única forma de alcanzar la meta final. Si se opta por ir juntos, el proceso se dilatará eternamente. Por ejemplo, en la Unión Económica y Monetaria, el asegurar que todos los países pasen a la segunda fase exigiría prescindir de alcanzar los criterios de convergencia, ya que ninguno de los países realizaría los esfuerzos de ajustes requeridos. Así, aquí la diferenciación es la vía para alcanzar un objetivo común, mientras que en el núcleo duro era —o parecía— un objetivo en sí mismo, el objetivo de realizar la Europa de los ricos.
Por su parte, los países incluidos en la segunda velocidad argumentan que, por mucho que no se les cierre la puerta, es obvio que el avance de los de la primera velocidad nunca será irrelevante para quienes no puedan sumarse al mismo.
De modo que, si bien hay una clara diferencia entre lo propuesto por los modelos anteriores y éste, lo cierto es que los problemas no son tan diferentes a escala institucional. Ya sea con el modelo del núcleo duro, ya con el de las varias velocidades, si se extienden a las políticas más importantes de la UE van a exigir la adopción de un sistema de diferenciación institucional donde unos países pesarán más que otros —y serán más "europeos" que otros.
La "geometría variable"
En cuarto lugar nos encontramos con la geometría variable, que parece ser la "estrella" de las opciones en escena, al menos atendiendo al nivel cuantitativo de su tratamiento. Su diferencia esencial con el modelo anterior es que aquí es un grupo de países, y no unos criterios objetivos tasados, quien determina llevar a cabo una mayor integración, así como los objetivos y plazos de realización de la misma. En este modelo de construcción de Europa, quienes queden atrás no pasarán simplemente a formar parte de un output en relación con una política concreta, sino que quedarán excluidos de los objetivos mismos de esa política. Así pues, no hablamos de que lleguen unos antes que otros a la meta, sino que unos quedan excluidos de la meta que otros han alcanzado.
El de geometría variable es un término que pretende elevar a principio inspirador de la reforma la excepción utilizada para rescatar a los que, de otro modo, no habrían querido avanzar. Es, pues, un "coche escoba" que, lejos de rectificar lo que la Comisión denomina Europa a la carta, le da cobertura, más aún, lo asciende a primera división: la bestia negra se convierte en modelo. Pero, entonces, ¿en qué se diferencia de aquel modelo que "podía convertir Europa en chatarra"? Lo que cambia es que se domestica a la bestia, se le pone límites. Si bien estos límites no tienen todavía un perfil claramente definido por la doctrina, aunque por supuesto se coincide en salvar lo esencial.
Justus Lipsius afirma que este modelo, por el que apuesta decididamente, tiene que respetar los siguientes principios para evitar la disolución de la Unión: un único sistema institucional; una fuerte base común (PAC, Mercado Interior, las cuatro libertades y todas aquellas cuya exclusión supusiera una distorsión seria de la competencia); un mantenimiento de la rule of non interference para aquéllos que no participan en la materia en que están exentos; restringir al mínimo las normas obligatorias en las políticas opcionales y reforzar la cooperación fuera del Tratado.
En Maillet y Velo, por su parte, se afirma que el modelo es intrínsecamente "desintegrador" y que por ello no puede en ningún caso aplicarse a lo que se denomina núcleo duro del Derecho Comunitario, especialmente a aquellas políticas que hacen posible la cohesión del Mercado Interior.
En cualquier caso, y sacando consecuencias prácticas para el sistema institucional, diremos que por mucho que se pudiera clarificar dónde está lo esencial, dónde lo que sin serlo afecta a lo esencial, cómo evitar que los no participantes en una determinada política afecten a los participantes, etc., seguiríamos con el mismo problema: cómo mantener un marco institucional único. Éste debería ser de quita y pon, con un centenar de combinaciones posibles para cada toma de decisión, o con una composición única de voto con voz, voz sin voto y ni voz ni voto. Quizá sea teóricamente posible, pero prácticamente inviable.
Los "círculos concéntricos"
El último "mosquetero" al que hay que citar es el ex primer ministro francés Edouard Balladur, con su Europa de los círculos concéntricos y solidaridad reforzada. La peculiaridad de este modelo es que, si bien establece un criterio de flexibilidad o diferenciación, lo hace formalmente sobre la base de tres niveles predeterminados de principio. Estos niveles, graduales de abajo a arriba o de dentro a fuera, establecen dos grados posibles de diferenciación con respecto al núcleo central comunitario. Aparte, deja abierta la apertura de otros círculos de menor importancia.
El primer círculo es el denominado círculo de derecho común, tipificado por las cuatro libertades y el acervo comunitario en el nivel en que se encontraba en el post-Mastrique: Mercado Interior, políticas comunes, política exterior. Dentro de éste se darían una serie de círculos menores, internos, en los que se desglosarían las diferentes opciones de cada país para las políticas ya expuestas al diferencialismo (UEM, Política Social).
En un segundo círculo "de dentro a fuera" se encontrarían los países integrables: éstos tendrían el tratamiento que les reconocieran los acuerdos bilaterales con la CE, diferente para cada uno. La adhesión se produciría cuando estuvieran preparados, de acuerdo a los criterios delineados en el Consejo Europeo de Copenhage.
En el tercer círculo, el "externo", estarían los países que, aún con interés por su parte, no serían integrables en un futuro previsible. Esencialmente se incluiría aquí a los países provenientes de la antigua URSS, los cuales vendrían ligados a la Unión por unos no definibles vínculos de "cooperación reforzada". Esta cooperación se plasmaría gráficamente a través del marco de la Conferencia de Seguridad y Cooperación en Europa, que habría que utilizar más y mejor.
Ciertamente, la originalidad de este modelo está en ser un pastiche de modelos. La relación establecida entre el círculo de Derecho Común y el círculo de países integrables no ofrece nada nuevo a la situación actual del proceso de ampliación, y el tercero podría también verse definido en una combinación de la política europea de seguridad y la política comercial de la CE.
En fin, y resumiendo mucho, cualquiera de los modelos barajados, por los líderes europeos, organismos públicos, etc que se han pronunciado, se dirigen hacia la Europa rupturista ya denunciada. Una Europa que podría dar carta de naturaleza a que los miembros del núcleo duro dirijan la UE hacia donde quieran, forzando al resto a seguirles dócilmente sin tener ni voz ni voto. Y ello no sólo en las materias de máxima integración, sino en todas, ya que todas estarían supeditadas al núcleo duro.
¿Y España?
Un catedrático "Jean Monnet" en Derecho Comunitario dijo hace poco que la integración de España en las Comunidades se produjo por "aplaudimiento", valga el abuso semántico. A la hora de realizar la votación, vía ventana Constitucional al efecto, sus señorías se pusieron en pie y comenzaron a aplaudir, dándose por aprobada la cuestión. Fue allí, en los procesos de negociación y ratificación, donde se debió poner la carne en el asador. Lejos de tal cosa, el equipo negociador de Morán fue a negociar con la cabeza gacha y en actitud claudicante. Lo más positivo que se dice de la incorporación de España a las CE es que se hizo "lo que se podía hacer". Pero la actitud claudicante ante Europa ya estaba inoculada en el proceso Constituyente. Así se inventó un artículo 95 contra natura democrática, a saber: el que habilita al Congreso para aprobar la integración de España en el proceso de integración que más compromete las soberanías nacionales en toda su historia. O lo que es lo mismo: el que habilitaba para esquivar a quien constitucionalmente ostenta la soberanía nacional, que es el pueblo español, impidiéndole decidir sobre ello.
A los españoles no se les pidió su opinión sobre la incorporación a la CE, y es "lógico" que tampoco se les pidiera para la ratificación de Mastrique. Son los propios españoles quienes, según parece a juzgar por sus votos, no consideran preciso pronunciarse sobre ello, aunque hoy, cuando ya es tarde, el paisaje social se haya llenado de protestas en este sentido. Pero nunca es tarde para realizar ese debate vergonzosamente escamoteado sobre Europa. Desafortunadamente, los partidos elefantes de este país nos lo siguen negando.
[Hesperides, 12, Invierno de 1997, pp. 891-902]
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