TEXTO 2
Suma teológica, parte 1ª de la 2ª
parte, cuest. 94, art. 2
CUESTIÓN 94
De la ley natural
Artículo 2. La ley natural, ¿comprende muchos preceptos o uno solamente?
A. Discusión
Argumentos a favor de que la ley natural comprende
solamente un precepto, y no muchos.
1. Como ya vimos (q. 92, a. 2), la ley pertenece al género
del precepto. Luego si hubiera muchos preceptos en la ley natural se seguiría
que también serían muchas las leyes naturales.
2. La ley natural es algo consiguiente a la naturaleza humana.
Mas la naturaleza humana, aunque es una considerada como un todo, es múltiple
en sus partes. Por eso, la ley natural, o bien consta de un solo precepto
por la unidad de la naturaleza humana como un todo, o bien consta de muchos
por la multiplicidad de la naturaleza humana en sus partes. Pero en este
caso también las inclinaciones de la parte concupiscible deberían
pertenecer a la ley natural.
3. La ley, como ya vimos (q. 90, a. 1) es cosa de la razón.
Pero la razón en el hombre es una sola. Luego la ley natural solo
tiene un precepto.
Argumento en contra: consta que los preceptos de la
ley natural son en el orden práctico lo que son los primeros principios
en el orden de la demostración. Pero estos primeros principios son
muchos. Luego también son múltiples los preceptos de la ley
natural.
B. Respuesta
Como ya dijimos (q. 91, a. 3), los preceptos de la ley natural
son, en el orden práctico, lo que los primeros principios de la demostración
en el orden especulativo, pues unos y otros son evidentes por sí mismos.
Ahora bien, esta evidencia puede entenderse en dos sentidos:
en absoluto y en relación a nosotros. De manera absoluta es evidente
por sí misma cualquier proposición cuyo predicado pertenece
a la esencia del sujeto; pero tal proposición puede no ser evidente
para alguno, porque ignora la definición de su sujeto.
Así, por ejemplo, la enunciación «el
hombre es racional» es evidente por naturaleza, porque el que dice
hombre dice racional; sin embargo, no es evidente para quien desconoce lo
que es el hombre. De aquí que, según expone Boecio en su obra
(De hebdomadibus), hay axiomas o proposiciones que son evidentes por
sí mismas para todos; y tales son aquellas cuyos términos son
de todos conocidos, como «el todo es mayor que la parte» o «dos
cosas iguales a una tercera son iguales entre sí». Y hay proposiciones
que son evidentes por sí mismas sólo para los sabios, que entienden
la significación de sus términos. Por ejemplo, para el que
sabe que el ángel no es corpóreo y entiende lo que esto significa,
resulta evidente que el ángel no esta circunscrito a un lugar; mas
no así para el indocto, que desconoce el sentido estricto de estos
términos.
Ahora bien, entre las cosas que son conocidas de todos hay
un cierto orden. Porque lo primero que alcanza nuestra aprehensión
es el ente, cuya noción va incluida en todo lo que el hombre aprehende.
Por eso, el primer principio indemostrable es que «no se puede afirmar
y negar a la vez una misma cosa», principio que se funda en las nociones
de ente y no-ente y sobre el cual se asientan todos los demás principios,
según se dice en el libro IV de la Metafísica. Mas así
como el ente es la noción absolutamente primera del conocimiento, así
el bien es lo primero que se alcanza por la aprehensión de la razón
práctica, ordenada a la operación; porque todo agente obra
por un fin, y el fin tiene razón de bien. De ahí que el primer
principio de la razón práctica es el que se funda sobre la
noción de bien, y se formula así: «el bien es lo que
todos apetecen». En consecuencia, el primer precepto de la ley es éste:
«El bien ha de hacerse y buscarse; el mal ha de evitarse». Y
sobre éste se fundan todos los demás preceptos de la ley natural,
de suerte que cuanto se ha de hacer o evitar caerá bajo los preceptos
de esta ley en la medida en que la razón práctica lo capte
naturalmente como bien humano.
Por otra parte, como el bien tiene razón de fin, y
el mal, de lo contrario, síguese que todo aquello a lo que el hombre
se siente naturalmente inclinado lo aprehende la razón como bueno
y, por ende, como algo que debe ser procurado, mientras que su contrario lo
aprehende como mal y como vitando. De aquí que el orden de los preceptos
de la ley natural sea correlativo al orden de las inclinaciones naturales.
Y así encontramos, ante todo, en el hombre una inclinación que
le es común con todas las sustancias, consistente en que toda sustancia
tiende por naturaleza a conservar su propio ser. Y de acuerdo con esta inclinación
pertenece a la ley natural todo aquello que ayuda a la conservación
de la vida humana e impide su destrucción. En segundo lugar, encontramos
en el hombre una inclinación hacia bienes más determinados,
según la naturaleza que tiene en común con los demás
animales. Y a tenor de esta inclinación se consideran de ley natural
las cosas que la naturaleza ha enseñado a todos los animales, tales
como la conjunción de los sexos, la educación de los hijos
y otras cosas semejantes. En tercer lugar, hay en el hombre una inclinación
al bien correspondiente a la naturaleza racional, que es la suya propia,
como es, por ejemplo, la inclinación natural a buscar la verdad acerca
de Dios y a vivir en sociedad. Y según esto, pertenece a la ley natural
todo lo que atañe a esta inclinación, como evitar la ignorancia,
respetar a los conciudadanos y todo lo demás relacionado con esto.
C. A los argumentos a favor de que hay solamente un
precepto se responde:
1. Que todos estos preceptos de la ley natural constituyen
una ley natural única en cuanto se reducen a un único primer
precepto.
2. Que todas las inclinaciones de cualquiera de las partes
de la naturaleza humana, como la concupiscible y la irascible, en la medida
en que se someten al orden de la razón, pertenecen a la ley natural
y se reducen a un único primer precepto, como acabamos de decir (respuesta
anterior). Y así, los preceptos de la ley natural, considerados en
sí mismos, son muchos, pero todos ellos coinciden en la misma raíz.
3. Que aunque es una en sí misma, la razón ha
de poner orden en todos los asuntos que atañen al hombre. Y en este
sentido caen bajo la ley de la razón todas las cosas que son susceptibles
de una ordenación racional.
Santo Tomás de Aquino: Suma teológica. B.A.C., Madrid
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