1o. Se declaran nulas las elecciones para Presidente y Vicepresidente de
la República, Magistrados a la Suprema Corte de la Nación y Diputados y
Senadores, celebradas en Junio y Julio del corriente año.
2o. Se desconoce al actual Gobierno del general Díaz, así como a todas
las autoridades cuyo poder debe dimanar del voto popular, porque además
de no haber sido electas por el pueblo, han perdido los pocos títulos que
podían tener de legalidad, cometiendo y apoyando, con los elementos que
el pueblo puso a su disposición para la defensa de sus intereses, el fraude
electoral más escandaloso que registra la historia de México.
3o. Para evitar hasta donde sea posible los transtornos inherentes a todo
movimiento revolucionario, se declaran vigentes, a reserva de reformar
oportunamente por los medios constitucionales aquellas que requieran
reformas, todas las leyes promulgadas por actual administración y sus
reglamentos respectivos, a excepción de aquellas que manifiestamente se
hallen en pugna con los principios proclamandos en este Plan. Igualmente
se exceptúan las leyes, fallos de tribunales y decretos que hayan
sancionado las cuentas y manejos de fondos de todos los funcionarios de
la administración porfirista en todos los ramos; pues tan pronto como la
revolución triunfe, se iniciará la formación de comisiones de
investigación para dictaminar acerca de las responsabilidades en que
hayan podido incurrir los funcionarios de la Federación, de los Estados y
de los Municipios.
En todo caso serán respetados los compromisos contraidos por la
administración porfirista con gobiernos y corporaciones extranjeras antes
del 20 del entrante.
Abusando de la ley de terrenos baldios, numerosos pequeños propietarios,
en su mayoría indígenas, han sido despojados de sus terrenos, por acuerdo
de la Secretaría de Fomento, o por fallos de los tribunales de la
República. Siendo de toda justicia restituir a sus antiguos poseedores
los terrenos de que se les despojó de un modo tan arbitrario, se declaran
sujetas a revisión tales disposiciones y fallos y se les exigirá a los
que los adquirieron de un modo tan inmoral, o a sus herederos, que los
restituyan a sus primitivos propietarios, a quienes pagarán también una
indemnización por los perjuicios sufridos. Solo en caso de que esos
terrenos hayan pasado a tercera persona antes de la promulgación de este
Plan, los antiguos propietarios recibirán indemnización de aquellos en
cuyo benficio se verificó el despojo.
4o. Además de la Constitución y leyes vigentes, se declaran Ley Suprema
de la Repúlica el principio de NO REELECCIÓN de Presidente y
Vicepresidente de la República, de los Gobernadores de los Estados y de
los Presidentes Municipales, mientras se hagan las reformas
constitucionales respectivas.
5o. Asumo el caracter de Presidente Provisional de los Estados Unidos
Mexicanos con las facultades necesarias para hacer la guerra al Gobierno
usurpador del general Díaz.
Tan pronto como la capital de la República y más de la mitad de los
Estados de la Federación estén en poder de las fuerzas del Pueblo, el
Presidente Provisional convocará a elecciones generales extraordinarias
para un mes después y entregará del poder al Presidente que resulte
electo, tan luego como sea conocido el resultado de la elección.
6o. El Presidente Provisional, antes de entregar el poder, dará cuenta al
Congreso de la Unión del uso que haya hecho de las facultades que le
confiere el presente Plan.
7o. El día 20 de noviembre, desde las seis de la tarde en adelante, todos
los ciudadanos de la República tomarán las armas para arrojar del poder a las
autoridades que actualmente gobiernan. Los pueblos que esten retirados
de las vías de comunicación lo harán desde la víspera.
8o. Cuando las autoridades presenten resistencia armada, se les obligará
por la fuerza de las armas a respetar la voluntad popular, pero en este
caso las leyes de la guerra serán rigurosamente observadas, llamándose
especialmente la atención sobre las prohibiciones relativas a no usar
balas explosivas ni fusilar a los prisioneros. También se llama la
atención respecto al deber de todo mexicano de respetar a los
extranjeros en sus personas e intereses.
9o. Las autoridades que opongan resistencia a la realización de este Plan
serán reducidas a prisión para que se les juzgue por los tribunales de la
República cuando la revolución haya terminado. Tan pronto como cada ciudadano
del pueblo recobre su libertad, se reconocerá como autoridad legítima
provisional al principal jefe de las armas, con facultad de delegar sus
funciones en algún otro ciudadano caracterizado, quien será confirmado en
su cargo o removido por el Gobierno Provisional.
Una de las principales medidas del Gobierno Provisional será poner en
libertad a todos los presos políticos.
10. El nombramiento de Gobernador Provisional de cada Estado que haya
sido ocupado por las fuerzas de la revolución será hecho por el
Presidente Provisional. Este Gobernador tendrá la estricta obligación de
convocar a elecciones para Gobernador Constitucional del Estado, tan
pronto como sea posible, a juicio del Presidente Provisional. Se
exceptúan de esta regla los Estados que de dos años a esta parte han
sostenido campañas democráticas para cambiar de gobierno, pues en estos
se considerará como Gobernador provisional al que fue candidato del
pueblo siempre que se adhiera activamente a este Plan.
En caso de que el Presidente Provisional no haya hecho el nombramiento de
Gobernador, que este nombramiento no haya llegado a sus destino o bien
que el agraciado no aceptara por cualquiera circunstancia, entonces el
Goberanador será desigando por votacion de todos los Jefes de las armas
que operan en el territorio del Estado respectivo, a reserva de que su
nombramiento sea ratificado por el Presidente Provisional tan pronto como
sea posible.
11o. Las nuevas autoridades dispondrán de todos los fondos que se
encuentren en todas las oficinas públicas para los gastos ordinarios de
la administración; para los gastos de la guerra, contratarán empréstitos
voluntarios o forzosos. Estos últimos solo con ciudadanos o
instituciones nacionales. De estos empréstitos se llevará una cuenta
escrupulosa y se otorgarán recibos de debida forma a los interesados a fin
de que al triunfar la revolución se les restituya lo prestado.
Transitorio. A. Los jefes de las fuerzas voluntarias tomarán el grado
que corresponda al número de fuerzas a su mando. En caso de operar
fuerzas voluntarias y militares unidas, tendrá el mando de ellas el mayor
de graduación, pero en caso de que ambos jefes tengan el mismo grado, el
mando será del jefe militar.
Los jefes civiles disfrutarán de dicho nombramiento mientras dure la guerra, y una vez
termindada, esos nombramientos, a solicitud de los interesados, se
revisarán por la Secretaría de Guerra, que los ratificará en su grado o los
rechazará, según sus méritos.
B. Todos los jefes, tanto civiles como militares, harán guardar a sus
tropas la más estricta disciplina, pues ellos serán responsables ante el
Gobierno Provisional de los desmanes que cometan las fuerzas a su mando,
salvo que justifiquen no haberles sido posible contenar a sus soldados y
haber impuesto a los culpables el castigo merecido.
Las penas más severas serán aplicadas a quienes saqueen alguna población o que
maten a prisioneros indefensos.
C. Si las fuerzas y autoridades que sostienen al general Díaz fusilan a
los prisioneros de guerra, no por eso y como represalia se hará los mismo
con los de éllos que caigan en poder nuestro; pero en cambio serán
fusilados, dentro de las 24 horas y después de un juicio sumario, las
autoridades civiles y militares al servicio del general Díaz que una vez
estallada la revolución hayan ordenado, dispuesto en cualquiera forma,
trasmitido la orden o fusilado a alguno de nuestros soldados.
De esa pena no se eximirán ni los más altos funcionarios, la única
excepción será el general Díaz y sus ministros, a quienes en caso de
ordenar dichos fusilamientos o permitirlos, se les aplicará la misma
pena, pero después de haberlos juzgado por los tribunales de la República,
cuando ya haya terminado la Revolución.
En caso de que el general Díaz disponga que sean respetadas las leyes de
guerra, y que se trate con humanidad a los prisoneros que caigan en sus
manos, tendrá la vida salva; pero de todos modos deberá responder ante
los tribunales de como ha manejado los caudales de la Nación y de como ha
cumplido con la ley.
D. Como es requisito indispendable en las leyes de la guerra que las
tropas beligerantes lleven algun uniforme o distintivo y como será
difícil uniformar a las numerosas fuerzas del pueblo que van a tomar
parte en la contienda, se adoptará como distintivo de todas las fuerzas
libertadoras, ya sean voluntarias o militares, un listón tricolor, en el
tocado o en el brazo.
CONCIUDADANOS: Si os convoco para que tomeis las armas y derroqueis al
Gobierno del general Díaz, no es solamente por el atentado que cometió
durante las ultimas elecciones, sino para salvar a la Patria del porvenir
sombrío que le espera continuando bajo su dictadura y bajo el gobierno de
la nefasta oligarquía científica, que sin escrúpulo y a gran prisa están
absorbiendo y dilapidando los recursos nacionales, y si permitimos que
continúe en el poder, en un plazo muy breve habrán completdo su obra:
habrá llevado al pueblo a la ignominia y lo habrá envilecido; le habrán
chupado todas sus riquezas y dejado en la más absoluta miseria; habrán
acusado la bancarrota de nuestra Patria, que débil, empobrecida y
maniatada se encontrará inerme para defender sus fronteras, su honor y
sus instituciones.
Por lo que a mi respecta, tengo la conciencia tranquilla y nadie podrá
acusarme de promever la revolución por miras personales, pues está en la
conciencia nacional que hice todo los posible para llegar a un arreglo
pacífico y estuve dispuesto hasta a renunciar mi candidatura siempre que
el general Díaz hubiese permitido a la Nación designar aunque fuese al
Vicepresidente de la República; pero, dominado por incomprensible orgullo
y por inaudita en una revolución antes de ceder un ápice, antes de
devolver al pueblo un átomo de sus derechos, antes de cumplir, aunque
fuese en las postrimerías de su vida, parte de las promesas que hizo en
la Noria y Tuxtepec.
Él mismo justificó la presente revolución cuando dijo: "Que ningún
ciudadano se imponga y perpetúe en el ejercicio del poder y esta será la
última revolución."
Si en el ánimo del general Díaz hubiesen pesado más los intereses de la
Patria que los sórdidos intereses de él y de sus consejeros, hubiera
evitado esta revolución, haciendo algunas concesiones al pueblo; pero ya
que no lo hizo... !Tanto mejor!!, el cambio será más rápido y más
radical, pues el pueblo mexicano, en vez de lamentarse como un cobarde,
aceptará como un valiente el reto, y ya que el general Díaz pretende
apoyarse en la fuerza bruta para imponerle un yugo ignominioso, el pueblo
recurrirá a esa misma fuerza para sacudirse ese yugo, para arrojar a ese
hombre funesto del poder y para reconquistar su libertad.
San Luis Potosí, octubre 5 de 1910.



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