El 18 de marzo de 1938, el Presidente de la
República, General Lázaro Cárdenas del Río, expidió el
histórico Decreto por el que se fundamentaba la expropiación
petrolera, en vista de la falta de cumplimiento por parte de las
compañías explotadoras, asentadas en México, con capital
extranjero, documento que en su contenido enmarca las
circunstancias existentes y la justificación del acto.
El Decreto expropiatorio dice así:
"CONSIDERANDO, Que es del dominio público que las empresas
que operan en el país y que fueron condenadas a implantar nuevas
condiciones de trabajo por el Grupo Número 7 de la Junta Federal
de Conciliación y Arbitraje el 18 de diciembre último,
expresaron su negativa a aceptar el laudo pronunciado, no
obstante de haber sido reconocida su constitucionalidad por
ejecutoria de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin
aducir como razones de dicha negativa otra que la única supuesta
incapacidad económica, lo que trajo como consecuencia necesaria
la aplicación de la fracción XXI del artículo 123 de la
constitución General de la República en el sentido de que la
autoridad respectiva declarara rotos los contratos de trabajo
derivados del mencionado laudo.
CONSIDERANDO, Que este hecho trae como consecuencia inevitable la
suspención total de actividades de la industria petrolera y en
tales condiciones es urgente que el Poder Público intervenga con
medidas adecuadas para impedir que produzcan graves transtornos
interiores que harían imposible la satisfacción de necesidades
colectivas y el abastecimiento de artículos de consumo necesario
a todos los centros de población, debido a la consecuente
paralización de los medios de transporte y de las industrias;
así como para proveer a la defensa, conservación, desarrollo y
aprovechamiento de la riqueza que contienen los yacimientos
petrolíferos, y para adoptar las medidas tendientes a impedir la
consumación de daños que pudieran causarse a las propiedades en
perjuicio de la colectividad, circunstancias todas estas
determinadas como suficientes para decretar la expropiación de
los bienes destinados a la producción petrolera"
En el Decreto que se comenta, en su artículo primero se
declararon expropiados por causa de utilidad pública a favor de
la Nación, la maquinaria, instalaciones, edificios, oleoductos,
refinerías, tanques de almacenamiento, vías de comunicación,
carros-tanque,estaciones de distribución, embarcaciones y todos
los demás bienes muebles e inmuebles de propiedad de las
compañías rebeldes a cumplir con la ley mexicana.
El pueblo de México, como un solo hombre, apoyó al General
Cárdenas, que en forma tan legal, valiente y patriótica, puso
en su lugar a las empresas rebeldes y estabilizó el imperio de
la ley.